El Constitucional admite a trámite el recurso de un fiscal de sala que nombró Dolores Delgado y que fue tumbado por el Supremo
El Alto Tribunal reprochó a la exfiscal general la falta de motivación en el nombramiento de Eduardo Esteban en Menores: «voluntarismo no es arbitrariedad», dijo
El Supremo reprende a Delgado por anteponer su interés al de la propia Fiscalía en el nombramiento de un fiscal de Sala
La exministra y exfiscal general del Estado Dolores Delgado pasa el testigo a García Ortiz
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de amparo presentados por Eduardo Esteban contra la anulación de su nombramiento, en octubre de 2023, como fiscal de Sala de Menores por falta de motivación. La mayoría progresista justifica la admisión de los ... recursos en su «especial trascendencia constitucional» pues, con un formulismo habitual en los escritos que pasan este filtro, plantean «un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina en este Tribunal y, además, el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social y económica».
Tres de los cuatro magistrados del bloque conservador, en concreto Concepción Espejel, José María Macías y Enrique Arnaldo, han votado en contra de la admisión; el cuarto, César Tolosa no ha participado en la deliberación al haberse abstenido en el asunto (antes de aterrizar en el TC, Tolosa fue presidente de la Sala Tercera del Supremo).
En julio de 2023 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS anulaba por segunda vez el nombramiento de Esteban al frente de Menores en la Fiscalía General del Estado, una decisión que tomó Dolores Delgado siendo todavía fiscal general del Estado. Estimaba así el recurso presentado por la Asociación de Fiscales y por uno de los aspirantes a ese puesto, José Miguel de la Rosa.
En su sentencia, de abril de 2022, esta Sala de lo Contencioso-administrativo había tumbado previamente este polémico nombramiento de Delgado al considerar que no estaba motivado y que los méritos del otro candidato superaban con creces al del favorito de la fiscal general.
En una contundente sentencia los magistrados recordaban que «es preciso motivar y así exteriorizar el cumplimiento de los límites a los que está sujeto el acto de elección, para no incurrir en un voluntarismo que degenere en arbitrariedad». La Sala señaló entonces que la discrecionalidad de la libre designación se desenvuelve en el ámbito de la provisión de puestos entre funcionarios de carrera (en este caso los fiscales) y, por tanto, rigen también los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. «La idoneidad -luego también la no idoneidad para no ser nombrado- es de libre apreciación, cierto, pero es un juicio que debe ser coherente con las exigencias del puesto porque, repetimos, esa idoneidad es ante todo profesional y la confianza en que se basa radica en que quien nombra espera, confía, en que el designado desempeñará adecuadamente el puesto».
El rapapolvo del Supremo no supuso mayor problema para la exfiscal general, que sólo dos meses después, en junio, volvía a proponer a su favorito no sin recimininarle al Alto Tribunal que le obligara a hacer lo que no se había exigido hasta ese momento a ningún otro fiscal general. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, apuntaba Delgado en su nuevo escrito, se supone que ahora motivado, «no contiene precepto alguno que indique que la elección de un fiscal coordinador deba realizarse en atención a su especialización». Aunque reconocía que éste es un criterio a valorar, la misión que el fiscal de sala coordinador de menores está llamado a desempeñar «exige tomar en consideración la concurrencia de otras competencias y facultades añadidas (...)», como investigación penal, gestión, coordinación, supervisión o estadística entre otras.
Lejos de centrarse en valorar los méritos de su elegido, Delgado no dudó en criticar aspectos que no le gustaban del otro aspirante y recurrente, del que llegó a decir que sus «planteamientos» estaban muy «alejados» de los suyos. «En su trabajo en la sección civil de la Fiscalía del Supremo -dijo sobre José Miguel de la Rosa- viene sosteniendo posturas con las que no me identifico en asuntos concretos y que reflejan, a mi juicio y en mi discrecionalidad, una falta de sensibilidad para el abordaje de las cuestiones jurídicas desde esa perspectiva (...). No sólo elijo a uno de los candidatos, también elijo un modelo».
Sobre Estaban apuntó que «hace escasos meses», este fiscal se encontraba desarrollando tareas propiamente jurisdiccionales ante el TC, plaza en la que ejercía sus funciones desde el año 2006, a excepción del periodo en el que asumió la jefatura de la Fiscalía Provincial de Madrid. A su vez, durante su etapa como fiscal jefe de Madrid «asumió la incoación, dirección y supervisión de todas las diligencias de investigación incoadas en el ámbito territorial de la Fiscalía con mayor volumen de investigaciones penales de todo el Ministerio Fiscal«. Por contra, dice, De la Rosa no asume funciones investigadoras desde marzo de 2012, cuando cesó como fiscal adscrito a la Unidad de Menores. »Hace más de diez años que no desarrolla tarea alguna como fiscal de menores«, apostillaba Delgado.