Informe del letrado mayor
El Congreso defiende la publicación de la ley que beneficia a presos de ETA y niega el veto del Senado
Alega que se rechazó la norma fuera de plazo, que solo se debatió su conocimiento directo y que no se respetaron los procedimientos
El PSOE lleva al Tribunal Constitucional el veto del Senado a la ley que favorece a los reos etarras
Madrid
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Iniciar sesiónLa Mesa del Congreso ha aprobado una respuesta al escrito del presidente del Senado, Pedro Rollán (PP), en el que pedía que reconsiderase su decisión de no devolver al Pleno la ley que beneficia a presos de ETA y enviarla al Gobierno para su ... publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), algo que sucedió el sábado, por lo que entrará en vigor el 8 de noviembre. El órgano rector de la Cámara Baja, esta vez apoyado en un informe por escrito de su letrado mayor, Fernando Galindo, ha defendido su criterio y ha contestado que la Cámara Alta en ningún caso aprobó un veto que obligase a que la norma fuese nuevamente discutida en el Congreso.
El lunes de la semana pasada, el Pleno del Senado debatió el conocimiento directo de la ley que traspone una directiva europea sobre antecedentes penales —en la que, durante su tramitación en el Congreso, se introdujeron dos enmiendas que permitirán que los presos de ETA se descuenten de sus penas los años de cárcel pasados en Francia por condenas anteriores— y, tras la votación, el presidente de la Cámara Alta anunció que, al haberla rechazado la mayoría absoluta de los senadores, la norma debía entenderse como vetada.
Esta decisión se tomó por sorpresa, pero con un informe de la letrada mayor del Senado, Sara Sieira, quien defendió la ausencia de precedentes y la necesidad de que imperase la voluntad real de la Cámara Alta sobre los formalismos. Al día siguiente, la Mesa del Congreso despachó el asunto introduciéndolo 'in voce' en su reunión y conformándose tan solo con el criterio verbal de Galindo para ignorar el veto anunciado por Rollán y enviar la ley al Gobierno para su publicación. El miércoles Rollán envió un escrito a la socialista Francina Armengol solicitándole una rectificación —también lo había hecho el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, aunque su petición no se ha abordado este martes— y este martes el órgano de gobierno de la Cámara Baja persiste en su negativa, si bien la respuesta llega cuando la iniciativa ya se ha recogido en el BOE y, por tanto, no hay marcha atrás.
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El informe de Galindo, al que ha tenido acceso ABC, consta de cinco páginas en las que detalla por qué, según su criterio, la actuación de la Mesa del Congreso fue la correcta. Este martes, la mayoría de PSOE y Sumar en el órgano ha permitido que salga adelante esa postura, con la oposición de los cuatro diputados del PP con asiento en él. Básicamente, el secretario general de la Cámara Baja argumenta que el rechazo del Senado se dio «fuera de plazo», que lo que se discutió el 14 de octubre no fue un veto, sino el conocimiento directo de una ley a la que no se habían registrado enmiendas ni vetos, y que no se respetaron los procedimientos.
En primer lugar, el Congreso responde al Senado que la ley se discutió en el pleno fuera de plazo. El artículo 90.3 de la Constitución, razona el escrito, establece que en el caso de las normas tramitadas por el procedimiento de urgencia, esta lo era, se dispone de «veinte días naturales» para interponer enmiendas o un veto a un proyecto ya aprobado por la Cámara Baja. La iniciativa partió del Congreso el 19 de septiembre. «Incluso aceptando que su recepción por el Senado se produjera el 20 de septiembre, el plazo de que disponía el Senado para adoptar un acuerdo en relación con esta iniciativa, de aplicarse de manera literal el artículo 90.2 de la Constitución, habría vencido el pasado 10 de octubre», dice Galindo.
No obstante, el Senado considera que la fecha que debe tenerse en cuenta a tal efecto es el 23 de septiembre, el día que se publicó en su sección del Boletín Oficial de las Cortes Generales. En este caso, y «sin entrar a valorar la constitucionalidad de esta práctica», tampoco entraría en plazo según el juicio del Congreso porque habría terminado el 13 de octubre. Aquí cabe otra discrepancia interpretativa porque el artículo 135.5 del Reglamento del Senado dice lo siguiente: «Todos los plazos recogidos en este artículo se refieren a días naturales. En el caso de que uno de estos plazos concluya en día inhábil se entenderá prorrogado al día hábil siguiente». El 13 de octubre era domingo.
«No existe ningún elemento que justifique que un plazo constitucional no pueda concluir en un domingo», dice el Congreso
«No existe ninguna previsión del Reglamento del Senado que permita convertir en veintiuno los veinte días naturales a que se refiere el artículo 90.3 de la Constitución por el mero hecho de que el día veinte coincida con un festivo», remarca el Congreso, que, en referencia al citado precepto 135.5 añade que este «no incluye el [plazo] de la celebración del debate en el pleno ni, en definitiva, los veinte días establecidos por la Constitución». «No existe ningún elemento que justifique que un plazo constitucional no pueda concluir en un domingo», zanja el escrito.
«El propio Senado, en su oficio de comunicación del acuerdo adoptado por el Pleno de esta cámara, no afirma que se haya opuesto un veto sino que el rechazo por mayoría absoluta del proyecto de ley orgánica ha de entenderse como tal», continúa el escrito del letrado mayor del Congreso, quien incide: «De lo anterior se desprende que el Senado es consciente de que el acuerdo no se puede calificar directamente como veto, sino que simplemente por esa cámara se infiere que lo es por el hecho de que el pronunciamiento se adoptó por mayoría absoluta [que es la exigida en el artículo 90.2 de la Constitución para aprobarse un veto]».
En ese sentido, el escrito subraya el hecho de que lo que se debatió en el Senado no fue una propuesta de veto sino el conocimiento directo del proyecto de ley «siendo así que el resultado de esta votación solo podía ser uno: la aprobación definitiva por las Cortes Generales». Esto último, como informó este diario, es lo que figuraba inicialmente en el guion repartido internamente por la Cámara Alta al no haberse interpuesto enmiendas ni vetos. El artículo 90.2 de la Constitución, como recuerda el Congreso, especifica solo esos dos supuestos, las enmiendas y los vetos, que deben registrarse «mediante mensaje motivado», para manifestar la discrepancia del Senado.
Fuera del reglamento
Y por último, aunque la mayoría de la Mesa del Congreso ha rechazado que pueda entenderse como veto el mero voto en contra de la mayoría absoluta del Senado a una ley, la Cámara Baja argumenta que, de haber sido tal, «se habría aprobado al margen de todo procedimiento». «No puede ignorarse la jurisprudencia constitucional existente en relación con el papel de los reglamentos parlamentarios», apunta Galindo. El artículo 107 del Reglamento del Senado establece:
«1. Dentro de los diez días siguientes a aquel en que se haya publicado el proyecto o proposición de ley, los senadores o los grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas o propuestas de veto. Dicho plazo podrá ser ampliado, a petición de veinticinco senadores, por un período no superior a cinco días. 2. Las enmiendas y las propuestas de veto deberán formalizarse por escrito y con justificación explicativa. 3. En el supuesto de que no se presenten enmiendas o propuestas de veto, el proyecto o proposición de ley pasará directamente al Pleno».
Por todo ello, termina el informe de Galindo: «El Congreso de los Diputados no podía entender que la no aprobación de un proyecto de ley resultase equivalente a un veto, y de ahí que el acuerdo de la Mesa del Congreso del pasado 15 de octubre sea plenamente ajustado a derecho». La Cámara Baja, con la oposición del PP, ha contestado al presidente del Senado que cumplió «con sus obligaciones constitucionales y reglamentarias». Será ahora la Cámara Alta quien deba decidir si responde, como han prometido los populares, planteando un conflicto de atribuciones ante el Tribunal Constitucional. Por ahora, los senadores del PSOE se han adelantado y han acudido en amparo al órgano de garantías por la maniobra de Rollán.
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