La modificación del artículo recoge que la autorización para instalar estas zonas deberá ser solicitada por el promotor del evento principal, y estará sujeta a las condiciones de horario y duración establecidas en la correspondiente licencia municipal.
Tal y como han anunciado desde el Consistorio, la modificación pasará mañana por la Comisión municipal de Urbanismo, Parques y Jardines, Espacios Naturales y Mejora Climática y, posteriormente, se estudiará en el Pleno y, si procede, su aprobación, según ha informado el Ayuntamiento en un comunicado.
Asimismo, la modificación de este artículo dice que «no quedarán eximidos del cumplimiento de los niveles de ruido autorizados por el Ayuntamiento de València las zonas anexas que puedan autorizarse para la realización de actividades complementarias a acontecimientos singulares de relevancia especial para la ciudad declarados como tal por el servicio municipal«.
Igualmente, los organizadores del acontecimiento quedarán obligados a cumplir el artículo 42 de la ordenanza, que regula «la limitación del nivel sonoro y del horario».
Por su parte, el concejal de Mejora Climática, Acústica y Eficiencia Energética, Carlos Mundina, ha señalado al respecto que «esta modificación se adapta a la realidad social de la ciudad y sus recintos deportivos y recoge una figura habitual en este tipo de actividades y que no se contemplaba hasta ahora».
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