El Supremo ratifica los doce años de cárcel para el detenido que dio una paliza casi mortal a una policía dentro del calabozo en Valencia
El alto tribunal desestima el recurso del acusado y da por buena la grabación que confirma la versión de los agentes lesionados
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Condenada una pareja por agredirse mutuamente: él le golpeó con un cubo y ella le clavó un cuchillo
VALENCIA
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Iniciar sesiónEl Tribunal Supremo ha confirmado la condena de doce años y cinco meses de cárcel por los delitos de asesinato en grado de tentativa, atentado y lesiones a un hombre que propinó una brutal paliza, en abril de 2021, a la policía que lo ... atendía en el calabozo tras ser detenido en Valencia.
La agente sufrió un traumatismo craneoencefálico, tres facturas mandibulares, varios hematomas en la cara y los brazos, tuvo visión borrosa durante cuatro días, cervicalgia y un cuadro de estrés agudo postraumático. Lesiones que le han dejado secuelas físicas y psicológicas. De hecho, «ha perdido la posibilidad de realizar su profesión, de modo que ha tenido que incorporarse a su puesto de trabajo con una adaptación al mismo».
Los hechos probados señalan que el procesado, en situación irregular en España, se encontraba arrestado en el complejo de Zapadores por una presunta agresión a otra persona en la calle. Tras proferir insultos hacia los funcionarios y otros detenidos, se encaró con la agente de forma agresiva: «Puta, perra, a mí me pagan por follarme a putas». Más tarde, al comprobar que estaba tumbado más tranquilo, decidió acceder sola a la celda y le pidió que cogiera sus cosas para cambiarle a otra.
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El encausado «de manera inesperada, le propinó un fuerte golpe que la dejó inconsciente cayendo de espaldas al suelo, asestándole en esta posición reiterados puñetazos en la cabeza y el rostro, que pusieron en peligro la vida de la agente, si no es por la entrada en ese momento de su compañero». Este policía también recibió un golpe en la cabeza y necesitó de la ayuda de otros dos para reducir al detenido «ante la fuerza y agresividad desplegada».
El juicio, celebrado en la Audiencia de Valencia, tuvo que repetirse tras una primera condena por lesiones graves al apreciar el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana un ánimo de matar en el autor y la agravante de género.
Existen pruebas abundantes
El fallo de la Sala de lo Penal del Supremo, consultado por ABC, desestima el recurso de casación presentado por la defensa del acusado, en el que alega que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. El procesado considera que la declaración de los agentes no puede actuar como prueba de cargo porque son víctimas de los hechos que se enjuician y que las imágenes captadas por la cámara del calabozo tampoco sirven para concluir su autoría, porque al ser una grabación muy oscura, no se aprecia lo sucedido. Del mismo modo, censura que su silencio haya sido tenido en cuenta como elemento incriminador.
Sin embargo, el Supremo recuerda que el TSJ valenciano, asumiendo los argumentos de la Audiencia, ya había valorado de forma «acertada» que el vídeo acredita perfectamente lo ocurrido, relatado por los testigos y ratificado por los informes médicos aportados a la causa. En ese sentido, reprocha al recurrente que plantee los mismos argumentos que en apelación.
«Ha existido prueba de cargo abundante y no existen indicios que apunten a una valoración irracional, absurda o arbitraria, habiendo señalado ambas Salas las pruebas tomadas en consideración para establecer la participación del recurrente en los hechos enjuiciados, así como los motivos por los que rechazan la versión exculpatoria del mismo y, además, lo hacen de forma razonada y razonable, sin que la parte recurrente, en su legítima discrepancia, demuestre arbitrariedad alguna», indica el alto tribunal.
Además de la pena de cárcel y los cinco años de libertad vigilada, el condenado debe pagar una multa de alrededor de 600 euros y tiene prohibido acercarse a menos de 500 metros de la policía agredida y comunicarse con ella durante doce años. También tiene una orden de alejamiento de seis meses sobre el otro agente al que golpeó. A ambos tiene que indemnizarlos con 101.890 y 1.877 euros, respectivamente.
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