Fue intervenida quirúrgicamente el pasado 25 de agosto y luego desarrolló «una parálisis del miembro inferior derecho derivada de una lesión en el nervio femoral y una pérdida de axones funcionales del 60% en el nervio ciático». Las consecuencias han quedado recogidas en la sentencia: doce puntos de secuelas por lesión incompleta del nervio femoral, nueve días de perjuicio personal particular grave. y 266 días de perjuicio personal particular moderado.
El fallo da respuesta a un recurso presentado por esta paciente a través de la firma Le Morne Brabant Abogados después del silencio administrativo tras la reclamación judicial de dichos daños y deja «sin efecto las resoluciones impugnadas, condenado a la Administración a que proceda indemnizar a la recurrente en la cantidad de 25.598,93 euros, correspondientes a los perjuicios padecidos, que no tenía el deber jurídico de soportar, incrementado con los correspondientes intereses desde la fecha de la reclamación presentada en la vía administrativa».
En los fundamentos de esta sentencia, se recuerda, además, que «la medicina no es una ciencia de resultados, sino de medios, y la Administración, a lo que se compromete frente al paciente, es a poner a su disposición cuantos medios diagnósticos y terapéuticos sean necesarios y existen para curar, mejorar o paliar su enfermedad o dolencia».
La juez basa su fallo en el informe del médico inspector incluido en la demanda, que, tras valorar y revisar la actuación llevada a cabo por el Servicio de Nefrología y Urología del Hospital de Alicante, concluyó que la actuación del Servicio no fue correcta. Una conclusión a la que llega también la Comisión de Valoración del Daño, que actúa como organismo autónomo e imparcial para la valoración de daños y secuelas en víctimas en accidentes de circulación.
Desde Le Morne Brabant Abogados se muestran satisfechos con la sentencia, ante la que no cabe recurso y se felicitan de que la conclusión final del Juzgado de Lo Contencioso- Administrativo haya sido «tajante», al estimar íntegramente los pedimentos establecidos en la demanda y al estimar a la Administración al abono de la indemnización, más intereses y costas del procedimiento.
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