La 'ONG del catalán' trata de frenar la vuelta de la denominación oficial de Valencia en castellano
Plataforma per la Llengua defiende que el nuevo doble topónimo «podría incurrir en múltiples vulneraciones legales»
La Generalitat Valenciana solicitará la suspensión cautelar del decreto del Gobierno sobre el reparto de 'menas'
Valencia
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Iniciar sesiónPlataforma por la Lengua, autodenominada como la 'ONG del catalán' ha presentado las alegaciones contra el cambio de nombre de la ciudad de Valencia, impulsado por el gobierno municipal del PP con el apoyo de Vox, basándose en presuntas vulneraciones legales.
El consistorio ... que lidera la 'popular' María José Catalá aprobó hace un mes, en la Comisión de Bienestar Social, Educación, Cultura y Deportes, la nueva doble denominación, basando su decisión en «fundamentos históricos y lingüísticos» expuestos en un estudio técnico del lingüista y académico de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL) Abelard Saragossà.
Ahora, la entidad lingüística catalanista ha presentado alegaciones al «Cambio de denominación oficial del municipio de València en su forma bilingüe con la introducción de la forma castellana y modificación de la denominación en valenciano: Valéncia/Valencia», y ha animado a sus seguidores a replicarle tras facilitar un modelo de recurso que se puede descargar en su web. Tienen de plazo, advierten, hasta este próximo lunes 8 de septiembre.
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De acuerdo los argumentos que esgrime la 'ONG del catalán', se da un supuesto «incumplimiento del principio de buena administración», puesto que el nuevo cambio de nombre se tramita solo seis años después de haber sido aprobada legalmente la forma exclusiva en valenciano «València», validada por el TSJCV (Sentencia 41/2019). Según la normativa vigente, aseveran, los cambios toponímicos tienen que ser «estables, justificados y fundadamente sólido. Este cambio, carecido de motivación razonada, vulnera el principio de buena administración, y prescinde del procedimiento legalmente establecido».
Hacen referencia también a una sentencia del TSJ valenciano sobre modificaciones toponímicas, las cuales «tienen que respetar la tradición lingüística y tienen que realizarse con criterios de racionalidad y estabilidad», según Plataforma. «Pretender revertir ahora el nombre exclusivo en valenciano, solo seis años después de su validación legal y judicial, contraviene expresamente la doctrina establecida por el mismo tribunal», defienden.
El tercer punto del documento de la entidad catalanista señala la ausencia del informe emitido en 2016 por la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL), que establecía que «la denominación correcta y única del municipio es València, con acento abierto y en valenciano». Además, las alegaciones también señalan la vulneración de la normativa, que obliga a evitar formas bilingües «en los municipios de predominio lingüístico valenciano, como es el caso de Valencia».
No obstante, la aprobación del cambio de nombre, adoptado sin el respaldo de los grupos de la oposición, fue sido impulsado directamente por la Alcaldía en base al artículo 8 del Decreto 69/2017, que establece los criterios para la elección y uso de las denominaciones oficiales de los municipios, tanto en valenciano como en castellano.
Por su parte, Plataforma aventura que modificar el nombre «supondría el incumplimiento de la obligación de proteger el valenciano incluido tanto en la Constitución española, como el Estatuto de autonomía y a varios tratados y declaraciones internacionales, como la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias o la Declaración Universal de los Derechos Lingüísticos».
Así pues, el documento concluye que los intentos de modificar de nuevo la denominación oficial del municipio de Valencia «no solo son políticamente discutibles, sino «jurídicamente inválidos». «El procedimiento actual incurre en múltiples vulneraciones legales y prescinde totalmente de las normas esenciales del procedimiento administrativo, motivo por el cual tiene que ser declarado nulo de pleno derecho según el artículo 47.1.e de la Ley 39/2015», concluyen. Previamente a la presentación de estas alegaciones, Plataforma por la Lengua puso en marcha una campaña de adhesión al manifiesto «El nombre es València», que solo acumula dos mil firmas.
Los siguientes pasos para el cambio
Pese a este intento de frenar la propuesta, el siguiente paso para la aprobación del cambio de denominación de la ciudad por la versión bilingüe, con la grafía del acento cerrado en la forma en valenciano pasa por llevarla al Pleno, órgano que, según la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, tiene la competencia para iniciar el expediente de alteración del nombre del municipio con la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación.
Posteriormente, la decisión plenaria se someterá a información pública por un plazo de 20 días hábiles, mediante un anuncio a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, tal como exige el artículo 9 del Decreto 69/2017.
Una vez resueltas las alegaciones, en el supuesto de que haya, al finalizar el periodo de información pública, el Ayuntamiento procederá a la aprobación definitiva del cambio de denominación del municipio. Y en el caso de no haberse presentado ninguna reclamación en el trámite de información pública, no será necesaria la adopción de un nuevo acuerdo plenario de aprobación.
Por último, el ayuntamiento remitirá el expediente al acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana, al que, tal como recoge la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano, corresponde determinar los nombres oficiales de los municipios, territorios, núcleos de población, accidentes geográficos, cauces de comunicación interurbanos y topónimos de la Comunidad Valenciana.
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