En este auto judicial, se argumenta que «no se acredita ninguna causa objetiva alegada por la parte demandante que justifique un efecto negativo, daño o perjuicio irreversible o de imposible o difícil reparación, ni se aporta el menor indicio del daño que supondría la ejecución de la Orden 2/2025», en referencia a esta medida emanada de la Ley de Libertad Educativa.
De hecho, esa nueva norma que deroga la anterior Ley de Plurilingüismo del anterior Gobierno autonómico del socialista Ximo Puig en coalición con Compromís sustenta este fallo judicial contrario a las tesis nacionalistas. El TSJCV puntualiza que dicha legislación no ha sido considerada anticonstitucional por ninguna sentencia.
«Por tanto, el tribunal ha desestimado todas las peticiones de medidas cautelares, ya que se habían presentado cuatro en total», han subrayado desde la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo. En concreto, fueron UGT, Acció Cultural del País Valencià (ACPV) + Famílies pel Valencià, CCOO y Compromís.
«Desde la Conselleria siempre se ha mantenido que la consulta pretendía que las familias eligieran la lengua base de sus hijos -más castellano o más valenciano- con absoluta libertad y convicción», han recordado desde el departamento de José Antonio Rovira.
«No se entendía que ciertos colectivos rechazaran que las familias tuvieran voz y voto», han opinado, además de destacar que la consulta «se realizó con absoluta normalidad y arrojó un resultado equilibrado (50.53% valenciano y 49,47% valenciano), en consonancia a la realidad de la Comunitat Valenciana, región donde conviven dos lenguas oficiales con absoluta normalidad».
En total, participaron el 58,61% de las familias que estaban llamadas al proceso, un porcentaje que Rovira ya valoró como elevado en comparación con lo habitual en las aulas, donde -por ejemplo- se registran tasas de apenas el 10% para elegir los consejos escolares.
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