La juez de la dana cita como testigo al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar tras meses de silencio
La magistrada acuerda también la declaración del ex jefe de bomberos, cargos autonómicos de Emergencias y alcaldes de la zona cero
La Fiscalía pide detallar el 'apagón' del Cecopi y el seguimiento de la CHJ al barranco del Poyo el día de la dana

La juez que investiga la gestión de la catastrófica dana del 29 de octubre en Valencia ha citado a declarar como testigo al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, y a quien era entonces inspector jefe del Consorcio Provincial ... de Bomberos de Valencia, José Miguel Basset, así como al director y al subdirector general de Emergencias de la Generalitat, Alberto Martín y Jorge Suárez.
Además, entre las trece comparecencias acordadas sin fecha todavía, incluye también la de las alcaldesas de Paiporta -Maribel Albalat- y Catarroja -Lorena Sirvent- y la del alcalde de Sedaví -José Francisco Cabanes-, localidades de la zona cero.
Así se extrae del contenido de un auto, fechado este mismo jueves y consultado por ABC, en el que la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja responde a la solicitud de diligencias del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, imputado en la causa junto a la exconsellera Salomé Pradas.
La juez deniega citar como investigados a las cuatro personas -Polo, Basset, una jefa de servicio del coordinación del 112 y una técnico de comunicación- que Argüeso proponía, aunque sí lo harán como testigos. En seis meses, el máximo responsable de la CHJ sólo ha roto su silencio públicamente el pasado 29 de enero en una atención a medios. «Nosotros tenemos claro que no somos responsables. Creo que todo el mundo sabe lo que no se hizo», defendió, sin dar más detalles de su actuación aquella fatídica jornada.
Respecto a él, la instructora entiende que «no concurren indicios de delito que justifiquen» su imputación. De hecho, rechaza la tesis del 'apagón informativo' que vienen defendiendo desde el Gobierno de Carlos Mazón. Pone el foco en que los responsables de Emergencias de la Generalitat Valenciana no pueden alegar «un desconocimiento» del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) «ni de la posibilidad de acceso al mismo, ni de forma paralela atribuir responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica, ni a prácticamente todos los cargos, directivos o no, de dicho organismo».
Más allá de la ausencia de correos electrónicos sobre el caudal del barranco del Poyo entre las 16:13 y las 18:43 horas, cuando se produjo la brutal crecida, «ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH» cada cinco minutos. Datos que visualizaban a través de una aplicación «que se afirma se dispondría» en el Centro de Coordinación de Emergencias.
«No es admisible en modo alguno que se desconozca por el secretario autonómico el SAIH ni la forma de acceso a los datos. En el caso de que fuera así, dicha ignorancia sería parte de la negligencia que se le ha de atribuir en la gestión de una emergencia», asevera la magistrada.
«Ha de tenerse en cuenta el tipo de emergencia ante la que se encontraba la provincia de Valencia, un gravísimo riesgo de inundación. Si el propio investigado remite un mensaje a las 14:44 horas, vía WhatsApp, a un chat en el que se dice: 'Los barrancos están a punto de colapsar'. Lo que supone un conocimiento claro de que podían producirse desbordamientos, no sólo por la zona de Carlet, sino respecto del barranco del Poyo», sostiene el escrito.
En cuanto a los otros tres señalados por Argüeso por no trasmitir información al Cecopi, la juez recalca que el hecho de que estuvieran en la reunión o que formen parte de la Generalitat no es suficiente para atribuirles la responsabilidad, cuando algunos «habían de seguir sus instrucciones y directrices». Un secretario autonómico, «pese a lo que declaró, no puede limitarse, como insistentemente manifestó, a esperar que se le informara». «Datos, circunstancias, llamadas, informes estaban plenamente a su alcance», agrega, lo que «hace difícilmente admisible la tesis de la ignorancia sobre la evolución de la emergencia». En cualquier caso, «ante un evento meteorológico gravísimo, podía solicitar él mismo que se le informara».
La instructora señala que el ex alto cargo «carece de legitimación» para exigir estas imputaciones, pues pese al informe de la Fiscalía que se pronunciaba en contra de la suya y a la espera de que la Audiencia de Valencia resuelva su recurso, él mantiene la condición de investigado. La instructora también rechaza algunas de las testificales propuestas por su defensa -como la del conductor de su coche o la del eurodiputado 'Alvise' Pérez, que estuvo con él el día posterior- al no guardar relación con la investigación en curso.
Compromís se persona en la causa
En otros dos escritos, la magistrada ha aceptado la personación como acusación popular de Compromís e Intersindical, respectivamente, previo pago de sendas fianzas de 6.000 euros.
La misma cuantía impone en un cuarto auto a un particular para permitirle que ejerza la acusación popular, tras admitir su querella exclusivamente respecto de los dos investigados actualmente e inadmitirla -dada su condición de aforado- en relación a Mazón, a quien vuelve a ofrecer la posibilidad de declarar voluntariamente.
El quinto auto desestima un recurso de reforma contra la decisión de la juez de denegar la obtención indiscriminada de los audios de las llamadas de auxilio al 112 por su afectación al secreto de las comunicaciones, mientras que el sexto deniega la solicitud de investigación realizada por la defensa de la exconsellera Pradas sobre filtraciones a los medios del acta notarial que aportó en el juzgado y que incluía un listado de llamadas de su teléfono móvil.
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