La juez de la dana cita a declarar al presidente de la CHJ el próximo 19 de septiembre
La magistrada de Catarroja llama a testificar también a un oficial jefe de bomberos el 10 de septiembre
La Generalitat propone al Gobierno «agilizar» la limpieza del alcantarillado de la dana con su empresa pública
Valencia
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Iniciar sesiónLa juez de Catarroja que instruye la causa penal de la dana que dejó 228 fallecidos el pasado 29 de octubre, ha citado a declarar como testigo al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, el próximo 19 de septiembre.
También están convocados a prestar declaración como testigos el oficial jefe del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, Manuel Herrería, el día 10 de septiembre, y un técnico forestal del propio Consorcio el día 3 de octubre. Así se extrae del contenido de un auto, emitido este mismo martes y consultado por ABC.
Cabe recordar que el máximo responsable de la CHJ sólo ha realizado declaraciones el pasado 29 de enero en una atención a medios de comunicación, en la que defendió que «nosotros tenemos claro que no somos responsables. Creo que todo el mundo sabe lo que no se hizo».
Asimismo, Polo es una de las autoridades más señaladas por la Generalitat y los acusados en la causa, respecto a la falta de información en el día de la riada. No obstante, la instructora del caso ya ha apuntado en diferentes ocasiones que «no concurren indicios de delito que justifiquen» su imputación. De hecho, rechaza la tesis del 'apagón informativo' que vienen defendiendo desde el Gobierno de Carlos Mazón.
Por otro lado, la magistrada de la plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja, en otro auto, ha vuelto a rechazar la declaración como investigada de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, en esta ocasión solicitada por el partido Valores que la había pedido tras el informe de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil.
Al respecto, la juez ha indicado ese documento «no aporta ningún elemento nuevo que permita determinar la atribución de responsabilidad penal» a la delegada del Gobierno, ya que «había de haberse limitado a una cronología de los fallecimientos en relación con los desbordamientos en ríos, barrancos y presas, no podía efectuar ningún tipo de valoración sobre responsabilidad de los intervinientes en los hechos, negligencia o fallo de los sujetos intervinientes».
Asimismo, la magistrada ha recordado que en un auto del 29 de julio ya se expresó que esto era una valoración «netamente jurisdiccional que no podía trasladarse, y no se hizo en ningún momento a la Policía Judicial». Y en segundo lugar, porque «de lo que son datos objetivos no se puede inferir indicios de responsabilidad penal» respecto de Bernabé.
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