La juez cita como testigos a 16 alcaldes de municipios afectados por la dana en Valencia
La magistrada resolverá en un auto aparte la petición de una acusación para que comparezca la periodista que comió con Mazón el día de la tragedia
La juez de la dana califica de «absurda» la explicación del Gobierno de Mazón sobre los 'apagones' en el Cecopi

La juez que investiga la gestión de la catastrófica dana del 29 de octubre, con 228 muertos, ha citado a declarar como testigo a alcaldes de dieciséis municipios afectados por la barrancada, así como a una funcionaria de Emergencia de la Generalitat o ... a varios peritos. Entre ellos, «dada su formación como meteoróloga», a la responsable de este departamento en la radiotelevisión pública valenciana À Punt, Victoria Roselló.
Respecto a la petición de una de las acusaciones, que solicitó que testificara también la periodista Maribel Vilaplana por su comida con el presidente autonómico, Carlos Mazón, el día de la barrancada en el restaurante El Ventorro de Valencia, la juez indica que «resolverá en resolución aparte». Así consta en una providencia fechada este jueves y consultada por ABC.
A los ediles que ya habían sido citados -el de Algemesí (José Javier Sanchis), el de Utiel (Ricardo Gabaldón), la de Paiporta (Maribel Albalat), la de Catarroja (Lorena Sirvent), la de Carlet (Laura Sáez) y el de Sedaví (José Francisco Cabanes)- se suman ahora las ex alcaldesas de Requena (Rocío Cortés) y Chiva (Amparo Fort), que sufrieron una moción de censura.
También tendrán que comparecer, en una fecha todavía por determinar, María José Catalá (Valencia), Robert Raga (Ribarroja del Turia), Jordi Mayor (Cullera), Amparo Folgado (Torrent), Francisco Comes (Massanassa), Eva Sanz (Bentússer), Juan Ramón Adsuara (Alfafar), Josep Almenar (Picanya), José Morell (Cheste), Andreu Salom (l'Alcúdia), Vicent Estruch (Guadassuar), Tomás Cervera (Sot de Chera), Guillermo Luján (Aldaia) y Cristina Mora (Quart de Poblet).
Precisamente, en otro escrito dictado hace unos días, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia) inadmitió el ejercicio de la acción penal contra el alcalde de Utiel solicitada en una denuncia por las hijas de una mujer fallecida, que esgrimía que no se evacuó a la víctima de su domicilio y que el responsable municipal no alertó a la población.
«El análisis fragmentario de la información disponible, no sólo por dicho Ayuntamiento, sino en general por la totalidad de ellos, a diferencia de quienes asumían legalmente el mando de la emergencia en la Administración Autonómica, quienes contaban con múltiples canales de información, (a través, no sólo de la Aemet, los medios de comunicación, sino igualmente de la CHJ, las llamadas al 112, la disposición de medios personales que debían controlar los barrancos y los cauces, la posibilidad de ser asistidos por técnicos en emergencias en una reunión del Cecopi), impide atribuir la posición de garante, no sólo al alcalde de Utiel, sino al resto de alcaldes, quienes se vieron sorprendidos, no recibieron tampoco la información precisa, ni se les aconsejó de manera específica sobre las medidas a adoptar», indicó la juez.
En ese sentido, «la atribución indiscriminada de responsabilidad penal en los fallecimientos a cualquier autoridad o funcionario público, y en especial de las locales ha de descartarse de plano», añadió.
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