La Sala le impone también la prohibición de aproximación a menos de 500 metros de la víctima y de comunicación con ella por cualquier medio durante un periodo de 20 años. El hombre deberá indemnizar al perjudicado con 10.000 euros por los daños morales.
Según el relato de hechos probados que consta en la resolución, las agresiones comenzaron alrededor de 2020 en el interior del domicilio que compartían el padrastro y la víctima, cuando en al menos cinco ocasiones el hombre adoptó una actitud intimidatoria y, tras amenazar al joven, lo sometió a diferentes prácticas sexuales.
La víctima, que tenía 17 años cuando comenzaron los hechos, presenta un déficit en la capacidad de aprendizaje y tiene reconocido un grado de discapacidad moderado, que debilita su capacidad de otorgar el consentimiento expreso para mantener relaciones sexuales y es fácilmente manipulable e influenciable.
La sentencia no es firme y puede recurrirse en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete