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El juez anula parte de las escuchas del «caso Brugal» por no estar motivadas

Avala, en cambio, los registros policiales del pasado mes de julio, relevantes para el caso

D. MARTÍNEZ

El juez instructor de la rama principal del «caso Brugal» —que afecta a varios políticos del PP en la provincia de Alicante—, Carlos San Martín, ha acordado anular parte de las escuchas telefónicas que forman el grueso de la investigación. En un auto dictado el pasado lunes, el titular del Juzgado número 3 de Orihuela admite parcialmente los recursos de varios de los imputados —que pedían la nulidad completa de las intervenciones—, al considerar que las resoluciones judiciales que autorizaban las escuchas no estaban «suficientemente motivadas».

San Martín instruye la parte del «caso Brugal» que investiga un supuesto amaño en la adjudicación de un plan de residuos de la Diputación de Alicante y otro en la recogida de basuras de Orihuela, para beneficiar al empresario oriolano Ángel Fenoll. Entre otros, están imputados el presidente de la Diputación de Alicante, Joaquín Ripoll (detenido el pasado 7 de julio por la Policía), un edil y dos ex ediles del PP de Orihuela —que no repitieron candidatura tras aparecer como imputados—, y varios empresarios.

Piezas separadas

Al margen del propio Fenoll, destaca la imputación del constructor Enrique Ortiz, a quien se adjudicó inicialmente el plan, y que también está imputado en la pieza del «caso Brugal» relativa al planeamiento urbanístico de Alicante. En esta segunda pieza, se investiga si el constructor obtuvo información privilegiada sobre el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la capital alicantina, pendiente aún de aprobar.

La nulidad parcial de las escuchas no desvirtúa excesivamente la investigación principal, según fuentes jurídicas, aunque las consecuencias de la decisión son aún imprevisibles porque se anulan las escuchas, pero no el resto de pruebas practicadas contra los imputados. En cambio, sí podría afectar al resto de piezas separadas, dado que los indicios de delito de las otras ramas se detectaron a partir de las intervenciones anuladas.

El auto del magistrado deja sin efecto las intervenciones telefónicas a Fenoll y su hijo practicadas «desde el 16 de mayo de 2008». Una fecha posterior a la primera detención del empresario (en julio de 2007). La consecuencia directa de la nulidad de estas escuchas es que quedan sin efecto también las posteriores intervenciones telefónicas a los ex ediles de Orihuela. En el caso de Ortiz, se anulan las escuchas a su teléfono desde noviembre de 2009.

Los registros, sí

En cuanto a Ripoll, el juez anula la intervención al teléfono de su esposa, también por falta de motivación —la Policía no le atribuye ningún delito—, y al teléfono del propio Ripoll a partir del 7 de octubre de 2009. No obstante, buena parte de las conversaciones en que se basan la acusaciones contra el dirigente popular son anteriores a dicha fecha.

En cambio, el magistrado ha rechazado los recursos que pedían la nulidad de los registros practicados el pasado julio —y que terminaron con la detención, entre otros, de Ripoll—, y avala la actuación policial.

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