El Supremo condena al Ayuntamiento de Valencia por perder obras de arte
I. R. T.VALENCIA. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al Ayuntamiento de Valencia por perder numerosas obras de arte pertenecientes a la familia Ruiz de Lihory, piezas que el Consistorio
I. R. T.
VALENCIA. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena al Ayuntamiento de Valencia por perder numerosas obras de arte pertenecientes a la familia Ruiz de Lihory, piezas que el Consistorio aceptó guardar en dependencias municipales tras el desahucio llevado a cabo en el domicilio de los Condes de Val del Águila, ya fallecidos
El Supremo pone así fin a un pleito que arrancó hace doce años, corrige a la baja la tasación que en su día realizó el Tribunal Superior de Justicia pero fija la indemnización que habrá de pagar el Consistorio a Soledad Ruiz de Lihory y Sempere, hija de los condes, en la misma cantidad: 247.300 euros, que habrán de ser actualizados hasta el límite de 300.900 euros más intereses, que estableció el TSJ en 2003.
El desahucio se hizo efectivo en 1995. La víctima, según consta en la sentencia, «no pagó el alquiler desde 1993, no compareció en el procedimiento de desahucio, desatendió los requerimiento efectuados por el juzgado, no concurrió al acto de lanzamiento judicial y finalmente no solicitó la devolución de sus bienes hasta transcurridos nueve meses».
Conocía el valor de las obras
Las piezas fueron «escrupulosamente» embaladas, pero en diciembre de 1995, cuando la hija de los desahuciados intenta recuperarlas, no aparecen. Empezó entonces un «peregrinar» por las distintas dependencias municipales. Y así recuperó siete cuadros. En 1997 sigue pensando que «al igual que ha recuperado siete cuadros, el resto debe estar en otras dependencias municipales». Reclama. El Ayuntamiento desoyó su petición para que le fueran devueltas el resto de las piezas, que su marido y abogado Martín de Oleza y Peris cifra en más de 200. Recurrió entonces a la vía penal. Acusó al Ayuntamiento de malversación de caudales públicos pero primero el juzgado de Instrucción y luego la Audiencia, en 1999 desestimaron su petición y archivaron el caso.
Se abrió entonces, la vía contencioso-administrativa, que dio a la demandante la primera alegría en 2003, cuando el TSJ estimó su reclamación, después de que el Ayuntamiento se negará a pagarle los 500.000 euros que reclamaba. No apreció daño psicológico ni lucro cesante. Ahora, el Supremo confirma, en términos generales, aquel pronunciamiento del tribunal valenciano, y rechaza los argumentos del Ayuntamiento, que mantenía que los bienes le habían sido entregados «para que les diera el destino que estimase oportuno» como si se tratase de «bienes abandonados».
Tras considerar «prácticamente nulas» las posibilidades de recuperar las piezas, el TS replica que el Consistorio era conocedor del «especial valor» de las mismas cuando asumió su custodia porque así se lo hizo saber la comisión judicial cuando recabó la ayuda del Servicio de Patrimonio Histórico para que fueran custodiados en un lugar «adecuado a sus características». Ahora, «el Ayuntamiento no puede pretender que se considere que tales bienes debían ser objeto de tratamiento como residuos sólidos urbanos y menos que pudieran considerarse como abandonados», razona el Tribunal, que añade: «Tenía que custodiarlos y devolverlos».
El Ayuntamiento sigue sin dar «razón del paradero de los bienes», apostilla la resolución judicial. Entre las obras de arte desaparecidas se encontraba una pintura de Delacroix dedicada al Barón de Alcalalí y Mosquera -bisabuelo de Soledad Ruiz de Lihory- y retratos de los sucesivos barones de Alcalalí de los siglos XVIII y XIX, entre ellos, un Vergara y un Vicente López.
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