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Tribunales

Un juez condena la «suelta de patos» al mar de Sagunto de 2012 y pide que se multe al Ayuntamiento

La sentencia considera que el Consistorio cometió una infracción muy grave

Imagen de archivo de la «suelta de patos» al mar de Sagunto MIKEL PONCE

EP

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de València ha condenado la 'suelta de patos al mar' que se hizo en Puerto de Sagunto en el año 2012, cuando gobernaba el PP, y ha pedido al Consell que multe al Ayuntamiento por haber cometido una infracción muy grave.

Así consta en la sentencia, consultada por Europa Press, en la que el juez estima el recurso interpuesto por la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) contra la resolución de enero de 2016 de la Generalitat, que la declara nula por no ser conforme a derecho.

El magistrado estima que en este caso existe una responsabilidad del Ayuntamiento de Sagunto respecto de la comisión de una infracción muy grave y pide al Consell que imponga a este municipio la sanción correspondiente por esta infracción.

El 15 de agosto de 2012, con el beneplácito del Ayuntamiento de Sagunto, se realizó en el Puerto una 'suelta de patos al mar' en la que unos 120 patos fueron lanzados al mar desde una barcaza para ser perseguidos y capturados a nado. "En el mar, los animales se debatían e intentaban huir, presos del pánico y el estrés", según ha apuntado la asociación en un comunicado.

ANPBA interpuso entonces una denuncia administrativa ante la Generalitat por considerar que se trataba de un espectáculo que inflingía "maltrato" y "tratamientos antinaturales" a los animales.

Casi tres años después, el 5 de agosto de 2015, e l Servicio de Espectáculos de la Generalitat incoó procedimiento sancionador al Ayuntamiento de Sagunto y se resolvió en enero del siguiente año desestimando las alegaciones de ANPBA y eximiendo de responsabilidad al Ayuntamiento de Sagunto. Se consideró que no había lugar imponer al consistorio una multa de 30.001 euros.

Tras agotar la vía administrativa, ANPBA interpuso una demanda contra la Generalitat en el juzgado . El magistrado, tras estudiarla, la ha estimado y ha anulado la resolución de la Generalitat. Establece la existencia de responsabilidad del Ayuntamiento respecto de la comisión de una infracción muy grave.

El juez recuerda que la conceptuación de los animales como patos de granja, acuáticos, domésticos o patos silvestres no puede tener la trascendencia exculpatoria que pretendía la Generalitat, puesto que lo que la normativa prohíbe es el maltrato a los animales en general, "sin excluir a ninguna de estas categorías de la regulación aplicable".

Al respecto, se remite a otra sentencia dictada por este mismo juzgado que señaló que el hecho de que los animales utilizados en el año 2012 fueran criados, a diferencia de anteriores ediciones, en una granja y en condiciones de mayor libertad, no habilitaba a que los animales pudieran ser maltratados o se les dispensara un trato antinatural.

Así mismo, indica que no resulta admisible la distinción "artificialmente introducida" entre maltrato y trato antinatural, "puesto que resulta claro que el trato antinatural constituye una de las distintas manifestaciones del maltrato", advierte el juez.

ANPBA ha felicitado al actual equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Sagunto, encabezado por el alcalde Josep Francesc Fernández (Compromís), por eliminar la 'suelta de patos' del programa festivo de agosto, y ha lamentado que el equipo del PP mantuviera esta tradición durante los años 2011 a 2014, "aún cuando cuatro sentencias, tres de ellas de juzgados y otra del TSJCV, habían dado la razón a los planteamientos de la asociación", ha resaltado.

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