Hazte premium Hazte premium

Ayudas al alquiler de la Generalitat: plazos, cuantía y condiciones para solicitarlas

Estas ayudas se enmarcan en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y se podrán pedir desde el 10 de julio

Imagen de archivo de una vivienda en alquiler en Valencia MIKEL PONCE

ABC

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ha convocado las ayudas al alquiler, a la rehabilitación de viviendas, a la rehabilitación de edificio y a la mejora de la eficiencia energética, según publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

Estas ayudas se enmarcan en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y se podrán solicitar desde mañana martes, 10 de julio, hasta el 6 de agosto, menos las ayudas para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad, cuyo plazo termina el 31 de julio .

Para poder convocar lo antes posible estas ayudas ante el retraso del anterior ejecutivo nacional a la hora aprobar el Plan Estatal de Vivienda, la Conselleria incluyó en los Presupuestos de la Generalitat para 2018 unas partidas con fondos propios que además de haber permitido avanzar las subvenciones, también garantizarán que se incremente su cuantía y que estas ayudas lleguen al mayor número de beneficiarios posibles mientras se tramita el convenio entre el Ministerio de Fomento y la Generalitat para la ejecución del Plan Estatal.

A través de estos convenios de colaboración con el Ministerio, la Conselleria gestionará un total de 42.601.000 euros para ayudas al alquiler, rehabilitación de edificios, mejoras de la eficiencia energética y reforma del interior de viviendas.

Ayudas al alquiler

Para las ayudas al alquiler de viviendas y para las ayudas al alquiler para jóvenes, la cuantía será inicialmente de 7,9 millones de euros de fondos propios de la Generalitat que se incrementará tras la firma del convenio de colaboración, hasta alcanzar un importe de 21.820.000,00 euros.

De estos fondos del Ministerio de Fomento, que ascienden a 14.950.000 euros, se destinará para el Programa de Alquiler de Vivienda, 10.465.000.00 euros, y para el Alquiler para jóvenes 4.485.000,00 euros. Asimismo, la Generalitat aportará 6.870.000,00 euros, de los que 4.809.000,00 euros irán para el Programa de Alquiler, y 2.061.000 euros y para el Alquiler para jóvenes.

Las ayudas al alquiler alcanzarán hasta un 40% del alquiler, con un máximo de 2.880 euros anuales y puede ser de hasta el 50% del alquiler si todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años .

En cuanto a las ayudas a jóvenes puede llegar hasta el 50% de la renta del alquiler y es necesarios que todos miembros de la unidad familiar tengan menos de 35 años, como excepción pueden formar parte de esta unidad de convivencia personas mayores de 35 años que sean dependientes.

Ambos programas subvencionarán los recibos del alquiler desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018 y van dirigidas a unidades de convivencia que no superen tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM.

Tendrán prioridad los afectados por desahucios, dación en pago o ejecución hipotecaria en los últimos diez años; familias monoparentales o numerosas, mujeres víctimas de violencia de género, victimas de terrorismo, personas con diversidad funcional, personas con trastorno mental severo, jóvenes extutelados y unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas.

De igual manera, tienen preferencia las mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión, en especial cuando tengan hijos menores exclusivamente a su cargo, así como las unidades de convivencia en las que todas las personas se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones correspondientes.

Rehabilitación de edificios

Por lo que respecta a las ayudas de rehabilitación de edificios del programa de fomento de la conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad de viviendas, la cuantía inicial será de un millón de euros, que tras el convenio de colaboración con Fomento puede alcanzar un importe de 1.250.000 euros.

Para acceder a estas ayudas los edificios deben haberse construido antes de 1996 y que al menos el 50% de las viviendas sean domicilio habitual de sus residentes. Las ayudas subvencionarán hasta el 40% de las obras con un máximo de 3.000 euros por vivienda para conservación, 8.000 euros para accesibilidad y otros 8.000 euros por vivienda para mejora de eficiencia energética del edificio.

Las familias con ingresos inferiores a tres veces el IPREM recibirán una ayuda complementaria del 35% . También habrá una subvención complementaria si reside una persona con diversidad funcional o mayor de 65 años. La Generalitat subvencionará un 10% adicional hasta un máximo de 2.000 euros por vivienda en el caso de rehabilitación de edificios o del 5% con un máximo de 1.000 euros en reparación interior de viviendas.

Mejora de la eficiencia energética

Sobre las ayudas a la mejora de la eficiencia energética, la cuantía inicial será de 600.000 euros, hasta alcanzar el 1.460.000 euros con la firma del correspondiente convenio.

Así, para poder solicitar estas ayudas es necesario el Informe de Evaluación del Edificio, IEE CV, y se podrán financiar el 40% del presupuesto de las obras, más una subvención adicional del 35% para las viviendas donde residan unidades de convivencia con recursos limitados a tres veces el IPREM. Además, se prevé conceder con cargo a la Generalitat, ayudas por importe de un 10% del presupuesto de las obras.

Rehabilitación de viviendas

Por último, a las ayudas de rehabilitación de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva se les destina inicialmente 2.500.000 euros, que podrán aumentar hasta los 18.071.000 euros con la suscripción del correspondiente convenio.

La subvención será de hasta un 40% del presupuesto de las obras y una subvención del 35% adicional para las viviendas donde residan unidades de convivencia con recursos limitados a tres veces el IPREM, con situaciones de discapacidad o mayores de 65 año. La Generalitat, de forma adicional, concederá una ayuda del 5% del coste, con un tope máximo de 1000 euros.

Las personas beneficiarias podrán ser los propietarios o arrendatarios de viviendas en edificios de tipología residencial colectiva, así como las Administraciones Públicas y demás entidades de derecho público que sean propietarias de viviendas a rehabilitar o si el propietario y el arrendatario de una vivienda acuerdan que éste último costee a su cargo las obras.

Las viviendas deberán estar finalizadas antes de 1996 y ser el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios. La vivienda deberá disponer de un informe técnico que acredite la necesidad de la actuación, además de un proyecto o una memoria redactada por un técnico.

Tanto en estas ayudas como en las de mejora de la eficiencia energética, se priorizará los grupos de viviendas de peor estado de conservación y de peor calidad constructiva ya que se busca potenciar los procesos de rehabilitación en los ámbitos de mayor vulnerabilidad y contribuir a resolver problemas que, de otra forma, tendría difícil solución.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación