El Govern catalán pretende dilatar la aplicación de la sentencia del 25% en español en las aulas de los colegios

Prepara un decreto y un nuevo «marco normativo» para intentar blindar la inmersión de la sentencia del TSJC

El viernes acaba el plazo para saber quién y cómo aplicará el bilingüismo, que es un derecho constitucional

Josep Gonzàlez-Cambray, Pere Aragonès y Laura Borràs, entre los manifestantes a las puertas del TSJC contra la decisión del tribunal que ordena aplicar el bilingüismo en las escuelas GORKA GARIN

Daniel Tercero

La Generalitat no tiene margen para eludir la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ordenó aplicar en español, al menos, el 25 por ciento de las asignaturas en las aulas de la comunidad. Aun así, pretende aprobar un decreto y un ... nuevo «marco normativo» que, por lo menos, no concretan que el español también es lengua vehicular en los colegios y los institutos, tal y como se deriva, en interpretación del Tribunal Constitucional, de la Carta Magna y el Estatuto de Autonomía. Una estrategia que, de seguir adelante, acabará en manos de los tribunales ya que algunas entidades a favor del bilingüismo anuncian su impugnación de forma inmediata.

La sentencia 5201 de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJC, del 16 de diciembre de 2020, que obliga a la Generalitat a aplicar un sistema de conjunción lingüística, por el que tanto el catalán como el español son efectivamente lenguas vehiculares en las escuelas, a diferencia del modelo de inmersión que trata como residual el uso del español, es de obligado cumplimiento desde el 22 de enero. Fue entonces cuando el Tribunal Supremo comunicó al TSJC la firmeza de la sentencia, al informar de que el recurso de casación interpuesto por la Generalitat había sido rechazado. Aunque será a partir del 20 de marzo, dando así cuenta de los plazos legales, cuando se podrá exigir la ejecución forzosa de la sentencia, su cumplimiento es ya obligatorio, a pesar de que desde la Consejería de Educación se intenta dilatar su ejecución en el tiempo

Entre la trama jurídica con la que la Generalitat quiere liar la situación figura el decreto de adecuación de los currículos educativos en base a la conocida como 'ley Celaá', borrador que ayer se filtró –lo avanzaron algunos medios y ABC accedió al documento– después de que se enviara a los directores de los colegios y los institutos para que aporten mejoras antes de su aprobación definitiva por el Govern.

En relación al tema lingüístico, el borrador aporta pocas novedades (cita la Ley de Educación de Cataluña y recuerda la autonomía de los centros para adaptar sus proyectos lingüísticos), por lo que, tal y como viene recordando el consejero de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray, la respuesta de la Generalitat para intentar eludir el efecto de la sentencia del 25 por ciento se concretará en otra «normativa». Este martes, Núria Mora, secretaria de Transformación Educativa de la Consejería volvió a insistir en ello, en declaraciones a TV3: «Será el departamento quien dé la respuesta. Estamos trabajando en un marco normativo para que los centros no tengan que decidir sobre esta sentencia. En ningún caso, la respuesta será en el decreto de currículos».

Decreto «impugnable»

Este primer decreto (cuyo borrador se filtró ayer) se aprobará después de la sentencia 5201 del TSJC, una circunstancia que podría ser suficiente para su impugnación ante los tribunales. Es así como lo valora Ana Losada, presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB): «Si este decreto se aprueba tal y como lo hemos conocido, lo impugnaremos, porque el artículo 5.1 no es admisible, pues es contrario a la sentencia del TSJC y fija el catalán como única lengua vehicular».

Este punto concreto de la norma hace referencia al régimen lingüístico de los centros y en concreto establece que «la lengua catalana es la lengua de comunicación y vehicular de referencia dentro de los centros educativos y en relación con el entorno». Para José Domingo, presidente de Impulso Ciudadano, «este decreto es susceptible de ser recurrido» y, en cualquier caso, no sirve para blindar la inmersión, que los tribunales ya han señalado como ilegal. «La intención es la de blindar la inmersión, probablemente, pero en la práctica no blinda nada. El decreto no va a cambiar el sentido de la sentencia de diciembre de 2020», añade Domingo.

Esta interpretación también la hizo suya Patrícia Plaja, portavoz de la Generalitat, quien ayer aclaró que la Generalitat sigue trabajando para intentar dejar en nada la orden del TSJC; y reconoció que el borrador filtrado solo ajusta los currículos a la 'ley Celaá'. Además, Plaja confirmó que la Consejería todavía no ha informado al TSJC quién será el responsable de aplicar la sentencia 5201 y cómo lo hará, tal y como le requirió el tribunal autonómico y cuyo plazo finaliza el viernes.

Así pues, para el Govern el objetivo sigue siendo el mismo: no poner en marcha el cambio lingüístico. Aunque son conscientes de que lo único que pueden conseguir es ganar tiempo. Pero tampoco mucho, si se tiene en cuenta la posición de la Fiscalía, que el lunes advirtió indirectamente a los directores de un posible delito de desobediencia, si se niegan a ajustar los proyectos lingüísticos según la orden del TSJC, confirmada por el Supremo (noviembre de 2021).

Embrollo jurídico

La responsabilidad de los directores (funcionarios, en los colegios de titularidad pública, a diferencia de los de los centros concertados) será una de las próximas batallas jurídico-política. Otra, la respuesta que el TSJC dé a la probable dilación en el tiempo de la aplicación de la sentencia por parte de la Consejería. Y una más, si además del Gobierno de España, que fue quien inició el proceso judicial, los padres o las entidades a favor del bilingüismo están legitimados para reclamar la aplicación forzosa de la sentencia del 25 por ciento, cuyo plazo para esta exigencia empieza el 20 de marzo.

El embrollo jurídico es tremendo. Sobre todo porque el bilingüismo escolar o conjunción lingüística deriva de la oficialidad del español (y el catalán) reconocido en la Constitución y el Estatuto y así interpretado por el Alto Tribunal en diversas sentencias y muy claramente desde 1994. Es decir, ni el Supremo ni el TSJC tienen apenas margen; y menos aún la Generalitat, por más que apruebe normas de rango inferior. Pero en estas aguas turbias el nacionalismo catalán es un pez que se mueve como nadie.

Claves del caso

Derecho constitucional

La vehicularidad del español en las escuelas de Cataluña, así como la de la lengua catalana, se deriva de la oficialidad de ambos idiomas según se recoge en la Constitución y el Estatuto de Autonomía. Así lo viene determinando el Tribunal Constitucional en todas sus sentencias y explícitamente desde 1994, auto que sirvió de base para la sentencia del Estatuto en 2010. En este sentido, la 'ley Celaá' no blinda la inmersión ni impide que el español sea lengua vehicular. Así lo apuntó ya el TSJC en un falló firmado el 23 de marzo de 2021.

Sentencia de diciembre de 2020 del TSJC

La novedad de la sentencia 5201 de la Sala Contencioso-Administrativa del TSJC, del 16 de diciembre de 2020, es que se ordena a la Generalitat que de forma inmediata aplique el 25 por ciento de español, al menos, en todos los colegios y los institutos. Hasta la fecha, las impugnaciones en esta materia se resolvían solo después de un largo recorrido judicial de cada familia.

Modelo de inmersión

El modelo de inmersión lingüística –que no se recoge en una ley específica– consiste en que todas las asignaturas no lingüísticas se realizan en catalán. De esta manera, el uso del español es «residual» (en palabras del propio TSJC) y queda relegado a dos horas a la semana, en ocasiones menos que el inglés. Los tribunales señalan que el catalán puede ser «el centro de gravedad» del sistema pero sin que esto suponga eliminar el español como lengua vehicular.

Sistema de conjunción lingüística o bilingüismo

Este es el sistema que debe aplicar la Generalitat, según las normas aprobadas por el Parlamento catalán (cámara que ha descartado, así, la doble línea por motivos lingüísticos). Según este modelo, tanto el español como el catalán deben convivir en armonía en las aulas de Cataluña, sin que una pueda imponerse sobre la otra.

Decreto y nuevo «marco normativo»

La Generalitat intenta liar la situación aprobando normas de rango inferior que son las que se ejecutan en los centros educativos y que contradicen las sentencias judiciales. En este caso, el decreto de currículos, que ignora la orden del TSJC, y además prepara un «marco normativo» para intentar eludir la decisión del 25 por ciento.

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