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Carme Forcadell cambia de prisión

Pidió el traslado a un centro penitenciario de Barcelona por motivos de vinculación familiar

Carme Forcadell, hace unos meses saliendo de Mas d'Enric ABC

ABC

La expresidenta del Parlament Carme Forcadell ha cambiado de prisión y ha pasado de Mas d'Enric, en Tarragona, a la de Wad Ras, en Barcelona , que deberá plantear una nueva propuesta para mantener sus salidas por el artículo 100.2, que su antiguo juez de vigilancia penitenciaria remitió al Supremo.

Según ha informado la consejería de Justicia, el traslado de cárcel de Forcadell, que se ha llevado a cabo este lunes en una conducción directa, obedece a razones de vinculación familiar y ha sido aprobado por la Secretaría de Medidas Penales de la Generalitat, después de que lo avalara la Junta de Tratamiento de Mas d'Enric, en El Catllar (Tarragona).

El cambio de cárcel requerirá ahora una n ueva propuesta para seguir aplicando el artículo 100.2 del reglamento penitenciario a la expresidenta del Parlament, en este caso por parte de la junta de tratamiento de la cárcel barcelonesa de Wad Ras. En aplicación del artículo 100.2, Forcadell salía de prisión para ejercer voluntariado y cuidar de su madre , de edad avanzada.

Al Supremo

El juez de vigilancia penitenciaria de Lérida, competente para las cárceles de Tarragona, remitió al Tribunal Supremo en mayo pasado el recurso de apelación contra el aval de la prisión de Mas d'Enric al 100.2 de Forcadell, a diferencia de lo que había ocurrido con los demás presos del «procés», en centros penitenciarios de Barcelona y Gerona, en que los recursos sobre sus salidas laborales se dirigían a las respectivas audiencias provinciales.

Ya en el auto en el que avaló las salidas laborales que la cárcel de Mas d'Enric concedió a Forcadell, el juez de Lérida abría la puerta a que fuera el Tribunal Supremo , y no la Audiencia Provincial de Tarragona, el que revisara su situación penitenciaria.

Las salidas laborales que las cárceles catalanas han concedido a los políticos presos han sido criticadas desde algunos sectores , entre ellos la Fiscalía, que consideran que el 100.2 supone en la práctica casi un tercer grado encubierto que evita el control del Tribunal Supremo, puesto que, a diferencia de la clasificación penitenciaria, los recursos en principio se agotan en las Audiencias Provinciales y no en el tribunal sentenciador.

Con el cambio de cárcel de Forcadell, será ahora la junta de tratamiento del centro penitenciario barcelonés de Wad Ras el que tendrá que formular una nueva propuesta sobre la aplicación del artículo 100.2 en el caso de la expresidenta del Parlament, y el juez de vigilancia penitenciaria de Barcelona el que decida si remite los eventuales recursos al Supremo o a la Audiencia Provincial.

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