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El TSJC confirma 14 de años de cárcel para el exlíder de Vox en Lérida que abusó de jóvenes discapacitados

El tribunal condena por varios delitos continuados de corrupción, abuso y pornografía con discapacitados

El exlíder de Vox en Lérida, Jose Antonio Rodríguez Cambray, en una imagen de archivo ABC

Miquel Vera

Jose Antonio Ortiz, exlíder de Vox en la provincia de Lérida , ha sido condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a 14 años de prisión por abusar o intentar abusar de varios jóvenes con discapacidad . Según explica la sentencia, conocida hoy, Ortiz pagó dinero a cambio de tener relaciones sexuales con al menos un chico con «retraso mental ligero» y una discapacidad reconocida del 65%.

«Aprovechándose de esta circunstancia, tuvo diversos contactos de naturaleza sexual con él a cambio de dinero», detalla la sentencia, surgida del recurso que presentó Cambray al veredicto de la Audiencia Provincial de Lérida que ya le condenó por estos mismos delitos en 2019. El texto, al que ha tenido acceso ABC, expone que el exdirigente del partido de Santiago Abascal conocía a todos los menores de los que abusó. En el texto se relatan tres casos distintos .

Sobre la primera víctima, el tribunal señala que fue al domicilio de Cambray en varias ocasiones. Allí, mantuvo relaciones sexuales ( masturbación, sexo oral e incluso penetración ) con el condenado a cambio de pequeñas compensaciones económicas que iban de los cinco a los veinte euros. La segunda víctima, otro chico con una discapacidad del 49% y un «retraso mental ligero» también vivía en un piso tutelado y, según el juez, era una persona «altamente manipublable» y con «limitada capacidad de análisis y razonamiento».

Según la sentencia, Cambray conocía a su segunda víctima desde que era menor de edad ya que era vecino suyo. Con él mantuvo conversaciones por teléfono durante meses en las que le ofrecía dinero a cambio de ver juntos películas pornográficas y masturbarse, cosa que el joven no aceptó, aunque sí accedió a mandarle varias fotografias de tipo erótico , dándole Cambray pequeños importes de dinero a cambio. La tercera víctima también conversaba con Cambray por teléfono y recibió varios ofrecimientos de dinero y marihuana a cambio de tener «contactos sexuales» o mandar fotos, algo que este siempre rechazó.

Por todos estos delitos, que el TSJC considera probados, se condena a Cambray a ocho años de prisión por un « delito continuado de abusos sexuales a persona discapacitada» y a cinco años por otros dos delitos continuados de corrupción de personas discapacitadas. También se le condena a un año y tres meses más como responsable de un delito de pornografía con utilización de persona discapacitada. Además, se le prohibe la comunicación con sus víctimas y se les fija libertad vigilada durante ocho años tras su salida de prisión. La sentencia todavía puede ser recurrida al Tribunal Supremo.

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