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El TSJC archiva la causa contra una diputada de Vox por delito de odio

El Alto tribunal rechaza que Mónica Lora cometiese cualquier ilícito con un discurso pronunciado en 2019 en Mataró

La diputada de Vox por Barcelona Mónica Lora MÓNICA LORA
Elena Burés

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha archivado la causa contra la diputada de Vox Mónica Lora por presuntos delitos de odio y discriminación por un discurso que pronunció en Mataró, durante la campaña electoral de 2019.

Sucedió en la plaza Isla Cristina de la localidad, donde Lora hablaba sobre el aumento de las agresiones sexuales , cuando un tercero le recriminó que vinculase la delincuencia con personas de etnia magrebí, y la ahora diputada le pidió a él, a su vez, que abandonara el lugar.

El Alto Tribunal señala que las imágenes de aquel acto muestran que fue el denunciante quien interrumpió a Lora cuando solo tuvo tiempo a decir «ayer en Mataró hubo otra agresión sexual». Según la Sala, «sin imputar su autoría a ninguna persona o colectivo».

Los magistrados prosiguen: «es más, ante algunas insinuaciones del denunciante sobre la condición nacional o extranjera de quienes podrían dedicarse a cometer delitos de agresión sexual en la zona» otro hombre le advirtió que « nadie está hablando de razas ». Concluyen así que no existe «el más mínimo indicio de la comisión de un delito de odio», por parte de la ahora diputada de Vox en Barcelona. 

El TSJC tampoco advierte un delito de odio en comentarios que Lora publicó en sus redes sociales. Escritos como «Los dirigentes políticos en España no han aprendido nada. Siguen abriendo nuestro país sin control a la entrada masiva de ilegales. Favoreciendo su entrada y regalando todo a cambio de nada como nuestro Estado de Bienestar, existiendo españoles que son excluidos».

El tribunal sí aprecia «determinado sesgo ideológico » en las manifestaciones de la política de Vox, «que, a partir de ciertos datos aislados utilizados para valorar los beneficios o perjuicios sociales y económicos de la migración ilegal en su conjunto, pretende asociar la inseguridad ciudadana derivada de la comisión en nuestras calles de cierto tipo de delitos al aumento de la presencia en ellas de ciudadanos procedentes de determinados países».

A pesar de ello, los magistrados no aprecian en las manifestaciones de Lora nada que alente a «una reacción violenta o agresiva por parte de la ciudadanía ». Por todo ello, el Alto Tribunal ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa contra Lora.

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