Puigdemont pide al Constitucional suspender su orden de detención en España
Tras el rechazo definitivo del Tribunal Supremo a amnistiar la malversación del 'procés', el líder de Junts formaliza su recurso de amparo en el que solicita la medida cautelarísima
Los dos frentes abiertos de Puigdemont y el anhelado regreso a España que no llega
Barcelona
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Iniciar sesiónTras el rechazo definitivo del Tribunal Supremo a amnistiar la malversación del 'procés', Carles Puigdemont ha formalizado ya su recurso de amparo ante el Constitucional, en el que solicita, como medida cautelarísima, suspender su orden detención, vigente en España. En el escrito, ... al que ha tenido acceso ABC, su letrado, Gonzalo Boye, argumenta que dejarla sin efecto resulta imprescindible para garantizar la efectividad del recurso interpuesto, en el que alega vulneración del derecho al juez ordinario y también a la tutela judicial efectiva.
En primer término, al entender que la competencia para resolver la aplicación de la amnistía al líder de Junts sería del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), al ser Puigdemont diputado en el Parlament y por ello aforado. «El Supremo se ha arrogado una función que no le corresponde: inaplicar una norma vigente y cuya constitucionalidad ha sido explícitamente validada», apunta el letrado, para alegar que dicha decisión atenta contra el principio de igualdad procesal, ya que deja a su defendido «en una situación de desventaja frente a cualquier otro ciudadano» no aforado, cuyo procedimiento habría pasado automáticamente al órgano ordinario natural.
Indica también en su recurso que la consecuencia más grave es la afectación a la libertad de movimientos de Puigdemont, así como su derecho a la participación política. Respecto a la tutela judicial efectiva, Boye recuerda que la negativa del Supremo a aplicar el olvido penal a la malversación «desborda el límite legal y vacía la norma», que establece esa excepción siempre que hubiese existido propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial. Indica así que el TS ha convertido la «excepción en la regla» al encajar el beneficio personal en una «categoría abierta» para no amnistiar al líder de Junts y mantener así vigente la orden nacional de búsqueda, detención e ingreso en prisión.
Además, recuerda su defensa, la negativa a aplicarle el olvido penal va en contra del criterio de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado.
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