A juicio 45 policías nacionales por las cargas del 1-O
El titular del Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona sienta en el banquillo a los agentes por su actuación durante el referéndum ilegal
Once policías más, imputados por el 1-O
Policías nacionales durante el referéndum del 1-O en Barcelona
El Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona ha procesado a 45 agentes de la Policía Nacional por su actuación para impedir el referéndum ilegal del 1-O de 2017 en Barcelona. En un auto, fechado el 20 de enero, el magistrado Francisco Miralles ... da por concluidas las pesquisas y sentará en el banquillo a los uniformados, acusados de delitos de lesiones. Algunas de las intervenciones también podrían ser constitutivas, apunta, de torturas.
Ahora, ya cerrada la instrucción, tanto la Fiscalía, como las acusaciones, tendrán que presentar sendos escritos, para solicitar la apertura del juicio oral y las correspondientes penas para los investigados, o bien el archivo de la causa.
Tras investigar la actuación policial en todos los colegios de Barcelona la jornada de la votación, el juez concluye que solo en dos «no existieron incidentes». En cambio, recoge el listado de lesionados en los 28 restantes, tras la intervención de los agentes, por orden judicial.
Entre estos, 12 personas que, según acreditan sendos partes médicos, sufrieron «hematomas», «contusiones» o «contracturas», en el colegio IES Jaume Balmes, de la calle Pau Claris. Otros heridos fueron de mayor gravedad, como A.M.G., que estuvo en una escuela de la calle del Molí y presentaba una «herida por arrancamiento de pabellón auricular de tres centímetros».
A lo largo de 69 páginas, el instructor recoge las lesiones acreditadas por los votantes, que manifiestan haberlas sufrido durante «cargas policiales» o por actuaciones individuales de algunos de los uniformados. En algunos colegios, como la Escola Mediterrànea, reza el auto, «se observa como los agentes se dirigen de forma directa hacia la multitud y, sin mediar palabra, advertencia o requerimiento alguno, empiezan a empujar a las personas allí congregadas, iniciando una situación violenta de gran confusión».
Señala así el magistrado que, en las imágenes que recogen la actuación de los antidisturbios en dicho centro, «no puede apreciarse la proporcionalidad exigida al actuar, al no haber hecho ningún intento de información, advertencia o mediación, como sí consta que se hizo en otros colegios el día de los hechos».
Del despliegue en otro de los centros, el Ramon Llull de la calle Consell de Cent, el juez indica que los vídeos muestran como un agente «coge de forma claramente innecesaria a una persona por el cuello» y la «arrastra». Sobre la actuación del CNP en una escuela del paseo Lluís Companys, el auto reza: «la actuación policial fue claramente desproporcionada en general, tanto para la entrada en el colegio, como para conseguir el acceso a la primera planta. No resulta compatible con ningún criterio de proporcionalidad que los agentes golpeen en la cara a las personas congregadas o que las lances escaleras abajo».
En cambio, el magistrado archiva la causa por el despliegue policial en algunos de los centros. Entre éstos, la Escola Projete, en la avenida Tibidabo, al considerar que «los agentes no utilizaron la defensa policial ni otros medios que no fueran el agarre físico» para sacar a los votantes del perímetro en que se encontraban los uniformados.
En su auto, el juez Miralles señala además que la Generalitat carece de legitimación para ejercer la acusación particular, en calidad de perjudicada en la causa, al haberse acordado el sobreseimiento de los daños causados en los centros. También aparta de la misma al Sindicato Profesional de Policía, al no haber ningún «ciudadano imputado por atentado a la autoridad, desobediencia o delito alguno».
Ver comentarios