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El TSJ desestima el recurso del asesino de Paloma y la niña India para rebajar la pena

El Alto Tribunal de Castilla y León ratifica la prisión permanente revisable para Maroto y rechaza sus argumentos, en los que sostenía haber actuado bajo los efectos de las drogas

Prisión permanente revisable para el asesino de Paloma y la niña India en Valladolid

David Maroto, durante el juicio ICAL

H. D.

Valladolid

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso interpuesto por el asesino de Paloma Pinedo y de su hija pequeña India, David Maroto, que recurrió en apelación la sentencia que le condenó a prisión permanente revisable por el asesinato de la niña de ocho años y a otros 25 años de cárcel por el de la madre.

De esta manera, el Alto Tribunal de Castilla y León confirma la sentencia impuesta el pasado enero por la Audiencia Provincial de Valladolid, después de que el tribunal popular emitiera un veredicto de culpabilidad tras el juicio celebrado el pasado mes de diciembre.

El magistrado impone al acusado 25 años de cárcel por el asesinato con alevosía y ensañamiento de su compañera sentimental. En ella recogía la agravante de parentesco y de actuar por razones de género. Por el asesinato con alevosía de la niña, con la agravante de parentesco, David Maroto eran condenado a prisión permanente revisable.

Hasta 27 lesiones -17 incisas infligidas con un cuchillo de grandes dimensiones, de las que cinco eran potencialmente mortales- presentaba la mujer, de 45 años. La mató «aumentando el dolor», según leyó el portavoz del jurado sin que David, sentado en el banquillo, mostrase entonces el más mínimo gesto de aflicción. El acusado, «al ejecutar esta agresión, además de causar la muerte» de Paloma «tuvo intención de aumentar el sufrimiento de la víctima», dio por probado el veredicto, de ahí el ensañamiento.

Los argumentos esgrimidos por Maroto para intentar rebajar la pena inciden en que no tenía capacidad real para controlar sus actos cuando mató a cuchilladas a su novia y a la hija de ésta en el domicilio de ambas en el paseo de Zorrilla en la madrugada del 23 de enero de 2023. En su recurso ante el TSJ sostenía haber actuado bajo los efectos de las drogas y cuestionaba las agravantes de alevosía y ensañamiento.

Contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que ya ha sido notificada a las partes, cabe interponer recurso por infracción de Ley y por quebrantamiento de forma ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

En el fallo también se determinaba que Maroto no podrá acercarse a menos de 500 metros de la madre y de las dos hermanas de Paloma ni comunicarse con ellas durante 35 años, mientras que con el padre de India el periodo establecido es de años superior en diez años a la duración de la pena de prisión impuesta.En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar al padre de la niña con 160.000 euros, así como con 113.000 euros a la madre y con 25.000 a cada una de las hermanas.

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