El juez condena a dos 'okupas' de La Molinera y ordena el desalojo voluntario

Les impone una multa de 450 euros por un delito de usurpación tras el intento fallido de toma de posesión de los propietarios en marzo

Momento del efímero desalojo en marzo de este año HERAS

M. Gajate

Valladolid

Los okupas del centro social La Molinera en el antiguo hotel Marqués de la Ensenada de Valladolid tienen cinco días para abandonar voluntariamente el edificio. En caso contrario, se procederá de forma «forzosa» e «inmediata». Así lo ha dictado el Juzgado de Instrucción número ... 1, que ha condenado a dos de los miembros de colectivo a multas de 450 euros por un delito leve de usurpación por la toma de posesión de las instalaciones después del intento fallido de desalojo por alzamiento judicial en marzo de este año.

Fue en junio de 2018, cuando los activistas entraron en las instalaciones del hotel de 5 estrellas tras su polémico cierre. Esta okupación dio lugar a un procedimiento civil que derivaría en el ciado alzamiento judicial. El 21 de marzo, poco antes de las once de la mañana, un importante dispositivo policial integrado por una veintena de agentes de la Policía Nacional y la Policía Municipal se personaron en el inmueble y procedieron a su desalojo. En el interior «no había nadie, debiendo ser descerrajada la cerradura» y se «llevó a cabo la efectiva posesión» del mismo por parte de los propietarios. Poco duró. Tan pronto se ausentó la autoridad judicial y el dispositivo los hasta entonces moradores regresaron.

En concreto, aparecieron los dos condenados acompañados de un número indeterminado de personas que «habían estado fuera» durante el desalojo. Los dos imputados se dirigieron a los representantes de los propietarios y les advirtieron de que «no nos ha presentado la orden judicial de que podáis entrara aquí» y les pidieron que «salgan porque no queremos especuladores». Tras varios minutos de «discusión» consiguieron su propósito. «Durante ese día continuaron ocupando el inmueble contra la voluntad del dueño y con vocación de permanencia», recoge la sentencia.

El fallo estima que los dos imputados tenían «pleno conocimiento de que el inmueble era de ajena pertenecía y de que no contaban con el permiso de su titular«. »Sabían que no era suyo« y con una »voluntad plasmada incluso en vídeo exteriorizaron su voluntad de afectar al bien jurídico tutelado haciendo caso omiso de la inminentemente anterior diligencia judicial de lanzamiento«.

La resolución del Juzgado de Instrucción 1 de Valladolid que refiere la multa y el desalojo no es firme. Teniendo en cuenta que cabe recurso de apelación -los activistas ya han anunciado que lo presentarán- y que el mes de agosto es inhábil de tenerse que llegar al extremo de un desalojo «forzoso» como dicta el fallo es posible que no sea tan «inmediato» y se dilate en el tiempo.

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