Las acusaciones mantienen su petición de hasta cuatro años de cárcel para una monja por apropiarse de 76.000 euros de su tía fallecida
La religiosa niega la autoría de la transferencia a una cuenta suya y asegura desconocer quién abrió la misma a su nombre
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Valladolid
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Iniciar sesiónLas acusaciones pública y particular han mantenido este martes invariables sus respectivas peticiones de catorce meses y cuatro años de cárcel para una monja, María del Carmen I.L, tras considerar probado que en marzo de 2023 se transfirió a una cuenta ... a su nombre un total de 76.000 euros, casi la mitad de los fondos existentes en la cuenta de una tía ya fallecida, apropiándose así de un dinero que había que repartir entre otra veintena de sobrinos en calidad de coherederos.
La fiscal del caso y el letrado del resto de coherederos han mostrado su excepticismo ante las explicaciones exculpatorias de la religiosa encausada, quien, tocada con su hábito blanco, ha comparecido ante la Audiencia de Valladolid para, tan solo a preguntas de su letrado, invocar su inocencia y alegar que el dinero recibido en su cuenta fue «por voluntad» de su propia tía, y ello a pesar de que la transferencia se produjo casi un año después del fallecimiento de la anciana, registrado el 22 de abril de 2022.
La acusada, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha negado haberse transferido el 21 de marzo de 2023 los 76.985 euros polémicos, del total de 153.670 que había en la cuenta de su tía en el BBVA donde la monja figuraba como cotitular desde 2009, y también ha rechazado que ella misma hubiera abierto personalmente a su nombre otra cuenta el 2 de septiembre de 2022, en la misma entidad bancaria, donde se recibió la citada cantidad.
Eso sí, ha asegurado que tras enterarse de que disponía de ese dinero no se sorprendió por cuanto, como así ha insistido, siempre entendió que la voluntad de la fallecida era dejarle la mitad del dinero de la cuenta. «Cuando me puso solo a mí como cotitular de la cuenta entendí que quería que la mitad del dinero de la misma fuera para mí. Próxima a su fallecimiento, me dijo que el dinero era mío», ha insistido María del Carmen, quien ha justificado tal aseveración en la «relación estrecha» que había entre ambas, dado que la anciana había sido también religiosa y su deseo era destinar parte de su herencia a distintas órdenes religiosas, entre ellas a los Salesianos.
«Sólo quería que se cumpliera la última voluntad de mi tía», ha manifestado María del Carmen I.L, quien ha añadido que desde el principio fue reticente a figurar como cotitular de la cuenta de su tía e incluso pidió a ésta, sin éxito, que pusiera a otros sobrinos en su lugar porque ella «no quería líos».
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Una vida consagrada a las misiones
No ha sabido explicar qué tercera persona, ya muerta su tía, pudo realizar esa transferencia a su favor y tampoco quién aperturó la cuenta a nombre de la religiosa en la que se realizó el ingreso. En este sentido, María del Carmen ha indicado que ni siquiera tenía conocimientos para abrir una cuenta y que su vida ha estado siempre al servicio de los más necesitados, en alusión al medio siglo dedicado a las misiones, fundamentalmente en Asia, donde sus conocimientos de enfermería le habían permitido salir en busca de tribus en zonas remotas para llevar medicamentos a los leprosos o atender la desnutrición infantil en poblados situados en los parajes más alejados.
«Mi cometido ha sido siempre proporcionar una mejor vida a la gente. Nunca he tenido un bien propio, no sé qué es eso, el único dinero lo recibía de mi congregación y cuando volvía tenía que dar cuenta de cómo lo había gastado», ha aseverado la monja, quien también ha declarado que su tía redactó en 1965 un testamento ológrafo o manuscrito en el que la anciana le dejó tanto a ella como a otro primo un piso en la calle Goya de Valladolid y dos cuadros de cierto valor.
Una perito calígrafa propuesta por la defensa ha ratificados sendos informes en los que, por un lado, atestiguan que el testamento ológrafo cuenta con la firma de la tía fallecida y, por otro, que la rúbrica ordenando la transferencia de la cuenta de la anciana a la de la encausada no fue realizada por ésta última, dando así carta de naturaleza a la versión de que dicho trámite fue realizado por una tercera persona no identificada.
Pese a ello y la petición absolutoria de la defensa, las acusaciones pública y particular consideran probado que la acusada es responsable de un delito de apropiación indebida por transferirse en beneficio propio el dinero sin que la tía, tal y como han manifestado otros coherederos en el juicio, hubiera manifestado en momento alguno su deseo de beneficiarla por encima del resto de sobrinos.
«Se apropió de ese dinero, ha hecho suyo ese dinero de forma indebida y ha desoído las reclamaciones del resto de familiares», ha resumido la fiscal del caso, quien por ello ha mantenido para la religiosa su petición de catorce meses de prisión, multa de 2.400 euros y la obligación de restituir al resto de coherederos el dinero apropiado, junto con los intereses de demora, mientras que la acusación particular solicita cuatro años de cárcel, multa de 3.600 euros y la indemnización correspondiente.
Ni siquiera dan valor al testamento ológrafo supuestamente firmado por la anciana en 1965 tras advertir ambas acusaciones de que el documento en cuestión no ha sido protocolarizado.
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