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Declaran culpables a los dos acusados de matar a un hombre de un disparo en Villaobispo (León) en 2008

El jurado popular considera probado que los hermanos FM.M.F. y M.M.F. efectuaron de forma conjunta el disparo que acabó con la vida de A.R.F. y que «no se produjo en respuesta a otro disparo previo»

La Audiencia Provincial de León, durante el juicio ICAL

ABC

El jurado popular encargado de juzgar a los dos hermanos acusados de matar de un disparo a un hombre en Villaobispo de las Regueras (León) en el mes de noviembre del año 2008 emitió esta noche un veredicto de culpabilidad por unanimidad para FM.M.F. y de mayoría con siete votos a favor y dos en contra para M.M.F. , al considerar probado que la muerte de A.R.F. se produjo por un disparo efectuado de forma conjunta por los hermanos, así como que no fue en defensa a un disparo previo.

Así, consideraron probado que A.R.F., la víctima, viajó junto a sus hermanos el día de los hechos, 8 de noviembre de 2008, desde Cáceres a Villaobispo de las Regueras, «con la intención de ajustar cuentas» con los hermanos acusados, FM.M.F y M.M.F, ya que «fechas anteriores habían colocado un dispositivo GPS en el vehículo de su cuñado».

Según el relato elaborado por el jurado popular, nada más salir A.R.F. se produjeron varios disparos, uno de los cuales impactó contra él causándole la muerte en el momento, así como que se desconoció cuál era el arma de la misma y que «uno de los disparos se produjo de forma conjunta por los acusados con el objetivo de acabar con su vida», de modo que «los diez disparos efectuados los llevaron a cabo los hermanos acusados», uno de los cuales era «toxicómano». Consideraron también probado FM.M.F. no efectuó él solo el disparo que le produjo la muerte a la víctima, sino que se llevó a cabo con la colaboración de M.M.F.

Unos disparos que, tal y como señaló el jurado al considerarlo no probado, no se efectuaron en defensa propia, porque «no se produjo en respuesta a un disparo llegado de forma sorpresiva para salvar su vida».

Todo ello coincide con el escrito de calificaciones previas elaborado por el Ministerio Fiscal, según el que los hechos que se juzgaron esta semana en la Audiencia Provincial de León se produjeron el 8 de noviembre de 2008 a las 13.15 horas en la calle Menéndez Pelayo de Villaobispo de las Regueras, cuando la víctima, A.R.F. acudió desde Cáceres a la localidad acompañado de sus hermanos como consecuencia de peleas previas con los acusados y su familia.

En lugar , A.R.F. disparó con una escopeta , mientras que FM.M.F., armados con una pistola semiautomática y un revólver, efectuaron diez disparos desde la acera contraria, de manera que uno de ellos impactó en el costado izquierdo de la víctima, que le perforó corazón y provocó su muerte de forma inmediata. Los acusados huyeron junto a un tercer hermano y estuvieron en paradero desconocido hasta 2018, cuando ingresaron en prisión provisional. Sin embargo, las armas de fuego utilizadas no pudieron ser encontradas.

El Ministerio Público solicita una pena de trece años de prisión para M.M.F. por un delito de homicidio y de doce para FM.M.F. por el mismo cargo, con el atenuante del consumo habitual de drogas, ya que durante su interrogatorio, aseguró que en el momento de los hechos estaba «enganchado y a la heroína». A ambos se les sumaría un año y seis meses por un delito de tenencia ilícita de armas . Asimismo, el Fiscal pidió que ambos indemnicen con 100.000 euros a los hijos y la viuda de la víctima y con 25.000 euros a su madre. De igual forma, solicitó la prisión provisional para ambos acusados por «posible peligro de fuga».

Por su parte, la defensa de FM.M.F. solicitó cinco años de prisión por el delito de homicidio y la conmutación por multa de la pena por tenencia ilícita de armas. Finalmente, la letrada de M.M.F., que anunció que «recurrirá por irregularidades en el proceso y desacuerdo con el jurado popular», la pena «mínima de homicidio», de diez años, y ninguna por el de tenencia ilícita de armas, ya que «el delito está prescrito». Ambos se opusieron a la prisión provisional, informa Icak.

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