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Los consumidores de Castilla y León tendrán que abonar un recargo en la factura de la luz

El nuevo concepto se debe a una «refacturación» en las comunidades autónomas en las que no se repercutieron los tributos obligatorios de 2013 a los consumidores

ABC

La Unión de Consumidores ha advertido de que las empresas eléctricas van a cobrar un suplemento territorial que afectará a diez comunidades autónomas, entre ellas Castilla y León, donde los consumidores tendrán que abonar un recargo en los pagos de la luz a partir de la factura de septiembre.

El nuevo concepto se debe a una «refacturación» en las comunidades autónomas en las que no se repercutieron los tributos obligatorios de 2013 a los consumidores pero sí los abonaron las compañías eléctricas, según ha informado este martes la Unión de Consumidores de Palencia en un comunicado.

Este pago será una cantidad única si la refacturación es menor a dos euros y se prorrateará en distintas facturas si es mayor a dos euros.

Aviso a través de carta o nota

Antes de aplicar este recargo, las empresas distribuidoras y comercializadoras deberán avisar al usuario a través de una carta o nota en la propia factura en la que explican los motivos por los que se aplica el recargo e indican cual es la cuantía que debe abonar por el concepto de «suplemento Territorial de la Junta de Castilla y León« y en cuantas cuotas que se va a cobrar.

Según ha explicado la UCE, el suplemento territorial es una tasa autonómica, que se debía haber sumado al peaje de acceso (un concepto que pagan todos los usuarios en su factura).

Si bien, el retraso en este cobro se debe a que en 2012 se legisló que debían ser los consumidores los que abonasen este impuesto autonómico a la actividad eléctrica, pero las tarifas de acceso no llegaron a cobrarlo, y fueron las comercializadoras de las eléctricas las que asumieron el pago.

Aunque en 2014 se revisó la ley y se eliminó esta obligatoriedad de repercutir los impuestos territoriales a los consumidores, las compañías eléctricas decidieron reclamar judicialmente las cantidades no cobradas en 2013, de forma retroactiva.

A través de una sentencia del Tribunal Supremo se obliga a pagar esta cantidad a los usuarios, pero también se da la opción a las comercializadoras de cobrarlo o no a sus usuarios.

De hecho, según la UCE, alguna pequeña comercializadora ha decidido asumir el pago de esa tasa y no cobrárselo a sus usuarios

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