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El Supremo confirma la condena de 38 años de cárcel para «el Comanche» por un doble crimen

Asesinó cruelmente a dos hombres en El Casar de Escalona (Toledo) el 29 de abril de 2012

Lo que dice la Sala: «No existe prueba alguna de relevancia que excluya la participación del acusado en los hechos»

José Muñoz Mojica, durante el juicio en el que fue condenado por el doble asesinato Luna Revenga

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado esta semana la condena de 38 años de prisión para José Muñoz Mojica, alias «el Comanche», por el asesinato de dos hombres en El Casar de Escalona (Toledo) la tarde del 29 de abril de 2012, domingo. «El Comanche», que había recurrido en casación ante el alto tribunal, mató a tiros a David Fernández Vílches , de 30 años, y a Miguel Ángel Cortes Jiménez , a quien remató en el suelo cuando estaba herido.

«Me han comunicado que se desestima el recurso al Supremo y que un asesino en serie cumple condena. ¡Qué buena noticia! Un saludo, atentamente, de una madre destrozada », ha escrito Rosario, la madre de Miguel Ángel, en un wasap enviado a ABC tras conocer el fallo del Supremo. Porque el crimen de Miguel Ángel fue, si cabe, más cruel. «Una cacería humana», dijo su madre en el juicio con jurado popular , celebrado en la Audiencia Provincial de Toledo en febrero de 2018, en el que «el Comanche» fue declarado culpable del doble crimen.

Miguel Ángel, de 19 años, había ido en busca de David al chiringuito de «La Chopera» para evitar cualquier enfrentamiento con «el Comanche». Pero desconocía que José Muñoz ya había matado a David con dos tiros cuando Miguel Ángel llegó a su altura. «El Comanche», que había emprendido la huida, detuvo su coche en mitad de un camino y bajó de él armado con una escopeta y un revólver. Miguel Ángel trató de escabullirse, pero «el Comanche» le disparó con la escopeta y le hirió en la cabeza y en el torso. Con el chaval en el suelo, le descerrajó varios tiros con el revólver en la cabeza y en el cuerpo, lo que le provocó la muerte instantánea.

El tribunal considera que «el Comanche» buscaba en su recurso una «valoración sesgada de la prueba, poniendo el énfasis en algunas cuestiones puntuales que no tienen la relevancia que se pretende, sin valorar de forma conjunta todo el acervo probatorio». Esto contrasta, añade la Sala, con «lo realizado en las dos sentencias judiciales que se han pronunciado sobre estos hechos con toda corrección y razonabilidad ».

Declaraciones corroboradas

En su sentencia, de 32 páginas, el alto tribunal no cuestiona la credibilidad que el jurado popular atribuyó a los testigos cuando declaró culpable a José Muñoz Mojica , cuyo recurso posterior ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha tampoco prosperó. «La valoración de esos testimonios se ha ajustado a las reglas de la lógica y de la razón, entre otros motivos, porque las declaraciones de estos testigos han sido corroboradas y confirmadas por las restantes pruebas», justifica la Sala.

Sobre el «testimonio fundamental» del testigo Ángel Martín, Angelillo , quien llegó a cambiar su versión, el Supremo no tiene ninguna duda de que su declaración en el juicio ha sido confirmada «en aspectos esenciales por las pruebas periciales y por la declaración del agente policial». Por lo tanto, « no existe prueba alguna de relevancia que excluya la participación del acusado en los hechos ».

El alto tribunal también estima otra circunstancia, que el jurado popular también destacó en su veredicto: «el Comanche» huyó tras el doble crimen y estuvo en paradero desconocido durante 4 años, «lo que es un elemento indiciario adicional que refuerza las conclusiones del jurado». En su resolución, contra la que no cabe recurso, el Supremo entiende igualmente que la sentencia condenatoria que ha analizado ha sido dictada «contando con prueba de cargo suficiente, válidamente obtenida y correctamente valorada».

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