La Cátedra del Tajo propone reducir de 20 a 8 hectómetros cúbicos el máximo a trasvasar al Segura en el nivel 3
medio ambiente
La propuesta, que ya ha sido enviada al Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, plantea un cambio de estrategia para «gestionar Entrepeñas y Buendía para hacer una regulación eficiente, garantizando su uso por industrias del ocio y del turismo» de los pueblos ribereños
El cambio de reglas del trasvase amortigua la sequía en el Alto Tajo y hay 9 hm3 más al cierre del año hidrológico
TOLEDO
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Iniciar sesiónUn grupo de expertos de la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss ha elaborado, a instancias de la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, un informe que propone unas nuevas reglas de explotación del Trasvase Tajo-Segura, entre las que ... destaca la reducción de 20 a 8 hectómetros cúbicos la cantidad a trasvasar en el nivel tres, de excepcionalidad hidrológica, situación actual; el siguiente nivel, el cuatro, es el que no se puede ser trasvasar. Se modifican también los niveles uno y dos.
Esta propuesta, que ha sido enviada al Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico para su estudio y consideración, adapta los trasvases a los nuevos caudales mínimos establecidos en el Plan Hidrológico del Tajo, tal y como obliga su normativa con fecha límite en el 11 de febrero de 2024. Se plantea este cambio de estrategia para gestionar Entrepeñas y Buendía de una manera racional, sin forzar su sobreexplotación, aprovechando su gran capacidad para hacer una regulación eficiente, garantizando su uso por industrias del ocio y del turismo.
El alcalde de Alcocer, Borja Castro, como presidente de la Asociación de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía, se ha mostrado esperanzado en que se atienda esta propuesta, con datos técnicos, elaborados por el profesor e ingeniero de Canales y Puertos, Antonio de Lucas, de la Universidad de Alcalá, en colaboración con Beatriz Larraz, directora de la Cátedra de Tajo, Enrique San Martín,Raúl Urquiaga y Miguel Ángel Sánchez, la Universidad de Castilla-la Mancha y la Universidad de Educación a Distancia. Castro defendió que su territorio «ha sido vapuleado y maltratado» y esta propuesta pretende, entre otras cosas, que la zona vuelva a vivir del uso recreativo.
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La propuesta ha sido diseñada sobre la base de minimizar el número de ocasiones en las que los embalses de la cabecera del Tajo habrían entrado en situación de excepcionalidad hidrológica desde 1980 si se hubieran aplicado estas reglas, «una situación que como su propio nombre indica, debería ser poco frecuente y, sin embargo, no lo es» señala Beatriz Larraz, directora de la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss y coautora del informe. De hecho, el documento estima que, de seguir con las reglas de explotación actuales, los embalses estarían un 42,1% del tiempo en excepcionalidad hidrológica, lo que claramente indica la urgencia del cambio de dichas reglas.
El estudio se ciñe escrupulosamente a lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, que indica que podrán modificarse los parámetros de las Reglas de Explotación «con el único objetivo de dotar de mayor estabilidad interanual a los suministros [por el trasvase], minimizando la presentación de situaciones hidrológicas excepcionales a las que se refiere el nivel 3».
La propuesta de nuevas cantidades a trasvasar en función de las aportaciones de los últimos 12 meses y de los diferentes niveles de llenado de los embalses de Entrepeñas y Buendía que conseguirían el objetivo de minimización de situaciones de excepcionalidad hidrológica y que, en consecuencia, dotarían de mayor estabilidad a los trasvases.
Actualmente, las reglas de explotación sitúan los envíos en 20 hm3 máximos posibles en nivel 3, 27 hm3 fijos en nivel 2 y 60 hm3 fijos también en nivel 1; situación esta última a la que se accede una vez los embalses presentan un volumen de llenado de 1500 hm3. La propuesta reduce los envíos máximos posibles en nivel 3 a 8 hm3 desde su aprobación, mientras que disminuiría progresivamente los envíos obligatorios en nivel 2, primero a 16 hm3, pasando por 13 hm3 y finalmente a 11 hm3. Además, se sugiere la modificación del umbral de existencias embalsadas que permiten el paso a nivel 1 para evitar volver de inmediato a Nivel 2, desaprovechando así su gran capacidad de embalse, que es lo que permite una regulación eficiente.
Con esta nueva propuesta se conseguiría, según ha informado la Cátedra del Tajo «no entrar en ningún momento en niveles 3 y 4 de excepcionalidad hidrológica, por lo que se conseguirían los dos objetivos: el de minimizar (hasta llevar a cero) estas ocasiones y estabilizar los trasvases, ya que no entrar en niveles 3 y 4 hace que la cantidad de agua a trasvasar sea conocida por los agricultores desde el inicio de las campañas». A cambio, la cantidad media anual trasvasada se vería reducida a 239 hm³/año de media hasta 2026; 209 hm³/año durante 2026 y 187 hm³/año de media a partir de 2027.
Antonio de Lucas, ingeniero de ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, doctor en Hidrología y Gestión de los Recursos Hídricos, miembro de la Cátedra del Tajo UCLM-Soliss y coautor del informe, afirma que «las actuales reglas de explotación están diseñadas para maximizar el volumen trasvasado, y dado que las cantidades que salen al Tajo están fijadas por ley, esto sólo puede hacerse a costa de reducir la evaporación; para reducir la evaporación se busca bajar el volumen embalsado Entrepeñas y Buendía lo máximo posible. Este proceder lleva a la situación actual de clara sobreexplotación del sistema, con una ineficaz regulación del recurso desaprovechando la capacidad de embalse de Entrepeñas y Buendía». La propuesta que se ha presentado evitaría esta situación, a su juicio.
Además, desde la Cátedra se plantea una cuestión importante porque «la propuesta es que se recuperaría la función de los embalses de Entrepeñas y Buendía como embalses de regulación del río Tajo, junto con los usos de industrias del ocio y del turismo en dichos embalses. Estos usos son prioritarios al trasvase por ser usos de la cuenca cedente. Hay que tener en cuenta que debe garantizarse el carácter preferente de la cuenca del Tajo en todo caso y se debe asegurar que las transferencias desde cabecera nunca puedan suponer un límite o impedimento para el desarrollo natural de dicha cuenca (según la Ley 10/2001, disposición adicional tercera)«.
En conclusión, «esta propuesta se realiza en el marco legal de las reglas del Trasvase, lo que implica no haber tenido en cuenta ni la situación del río Tajo ni su comportamiento hídrico aguas abajo de Aranjuez ni el conjunto de impactos que la presión del Trasvase Tajo-Segura tiene sobre la cuenca cedente. Por tanto, ha de entenderse como una medida mitigadora sobre la programación mensual de un agua declarada excedentaria al margen de la planificación hidrológica del Tajo«.
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