La Junta alertó a Montero de sus «dudas sobre la disminución de las penas máximas» por una agresión sexual
El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha así se lo hizo constar al Ministerio de Igualdad en ocho alegaciones en el mes de julio pasado, un mes antes de la entrada en vigor de la Ley
Toledo
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Iniciar sesiónFue el pasado 24 de julio cuando la directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, Pilar Callado, presentó ante el Ministerio de Igualdad el informe relativo al Anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual desde ... la Consejería de Igualdad del Gobierno de Castilla-La Mancha. Se presentó pues casi un mes antes de la aprobación definitiva de la ley.
Concretamente, es en la alegación 8, y última, de Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, el Código Penal, donde el Gobierno regional solicita una aclaración al Ministerio que dirige Irene Montero: «Se nos generan dudas derivadas de la disminución de las penas máximas impuestas por la comisión de una agresión sexual».
En otras alegaciones, el Gobierno regional añadía la prostitución y la pornografía a los delitos previstos en el Título VIII del Código Penal, dentro del artículo 3 de la ley sobre el ámbito de aplicación, que ya contemplaba la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y la trata con fines de explotación sexual.
La inclusión de la prostitución y la pornografía eran también objeto de la alegación número 2 al artículo 7 de la Ley, relativo a la prevención y sensibilización en el ámbito educativo.
El Gobierno de García-Page también alegó (número 3) al artículo 9 de medidas de prevención en el ámbito digital y de la comunicación. Dicho artículo dice «las administraciones educativas competentes impulsarán la inclusión...», a lo que la Junta de Comunidades solicitaba que la palabra impulsarán fuera sustituida por «asegurarán que». «También pedía que se »incorporen contenidos dirigidos a la prevención, sensibilización y formación en materia de violencias sexuales«.
La alegación número 4 se dirige al artículo 17 de la Ley, sobre detección e intervención en el ámbito sanitario, donde la Junta de Comunidades solicita que la formación del personal se haga especialmente en «atención primaria, ginecología, enfermería y servicios de urgencias«.
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