Begoña Gómez planta al juez Peinado pese a que la citó presencialmente
Su defensa se ha valido de una circular de Fiscalía que dice que la presencia del imputado «no es indispensable»
El juez ha seguido adelante con la vistilla y debe estudiar las diligencias solicitadas por las acusaciones
Los 'mails' de la asistente de Begoña Gómez son la clave de la malversación
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Iniciar sesiónBegoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, finalmente no se ha presentado este sábado en los juzgados de Plaza de Castilla para que el magistrado Juan Carlos Peinado le informara en persona de que la causa que sigue contra ella por malversación continuará ... por el procedimiento del Tribunal del Jurado, lo que supondrá que en caso de ir a juicio será un jurado popular quien dicte el veredicto. Tampoco han asistido los otros dos imputados: el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, y la asistente de La Moncloa Cristina Álvarez.
Esto ha marcado una jornada de sábado en la que Peinado, que justo cumple 71 años, había citado a los tres personalmente en un auto que dejaba poco espacio a la imaginación: «Se convoca la comparecencia prevista en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Del Jurado (...) debiendo ser citadas las partes personadas a través de su representación procesal, y los investigados, personalmente, a través de la Unidad Orgánica de Policía Judicial adscrita a estos Juzgados».
Eran las 17.40 horas (veinte minutos antes de que comenzara la vistilla) cuando trascendió que ninguno de los encausados acudiría a la cita con Peinado. Fuentes del entorno de Begoña Gómez explicaban a ABC que tanto ella como el delegado del Gobierno renunciaban a acudir y recordaban que esa asistencia «es un derecho a ser informado directamente, pero no acudir no influye en el procedimiento».
En este sentido, las fuentes citadas han apuntado que existe una circular de la Fiscalía que avala que sólo acudieran los abogados y no sus representados, la 4/1995, de 29 de diciembre, sobre el proceso ante el Tribunal del Jurado. Indican que en uno de sus apartados reza que «en la comparecencia tan sólo se van a concretar los términos de tal imputación y siempre ante la presencia de su letrado». «La presencia del imputado no es indispensable. En la comparecencia (...) no se practican diligencias de instrucción y por tanto, tampoco la declaración del imputado», añade esa circular.
La resolución de Peinado
Lo cierto es que la decisión de los encausados choca con el deseo del magistrado y de las acusaciones populares, que contaban con la asistencia de Begoña Gómez. Por lo que, para conocer si esta ausencia es posible o permitida se debe acudir a la ley que regula el Tribunal del Jurado. Esa norma, en su artículo 25, indica que una vez que se incoa ese procedimiento por el juez de instrucción, éste «lo pondrá inmediatamente en conocimiento de los imputados», como así hizo por resolución el pasado miércoles.
Añade que, con objeto de concretar la imputación, «les convocará en el plazo de cinco días a una comparecencia así como al Ministerio Fiscal y demás partes personadas». «Al tiempo de la citación, dará traslado a los imputados de la denuncia o querella admitida a trámite, si no se hubiese efectuado con anterioridad. El imputado estará necesariamente asistido de letrado de su elección o, caso de no designarlo, de letrado de oficio», explica. Así, la ley contempla que los imputados deben ser convocados, pero no explicita que éstos deban estar personalmente o si pueden ser representados por sus letrados.
El propio abogado de Gómez, el exministro Antonio Camacho, ha aclarado a la salida de los juzgados que la presencia de los investigados era «un derecho y no una obligación». «No se ha planteado que mi representada tuviera que estar aquí», enfatizó para luego subrayar que «no hay irregularidad».
Los escoltas
No obstante, el movimiento de Begoña Gómez ha sido sorprendente dado que desde La Moncloa se había solicitado que accediera por el garaje para evitar riesgos, puesto que se había organizado un dispositivo con furgonetas de la Guardia Civil y la escolta de La Moncloa se había personado en los pasillos del juzgado para garantizar la seguridad de la esposa del presidente.
Fuentes jurídicas consultadas por este periódico aseveran que Peinado en ningún momento fue informado por las defensas de que los imputados no acudirían a la vistilla. Pero, a pesar de la ausencia de los encausados, la realidad es que la vistilla ha seguido adelante y se ha extendido a lo largo de hora y media.
En su turno de palabra ante el juez, tanto la Fiscalía como la defensa de los investigados (incluido el de Begoña Gómez) han solicitado el archivo de la causa al entender que no existen indicios suficientes de delito como para seguir adelante con la investigación.
De hecho, el Ministerio Público ha enfatizado que los hechos no revisten tipo delictivo y menos malversación porque ninguno de los investigados era funcionario. Y ha trasladado al magistrado que no fue hasta la mañana del sábado cuando se pudo revisar un lote de 121 correos intercambiados entre Doadrio -UCM- y Álvarez a lo largo de cuatro años.
Otras fuentes indican que tanto el abogado de Begoña Gómez como el de Francisco Martín habrían expuesto que imputar malversación a sus representadas es como investigar a un funcionario por ese delito por ir a comprar un paquete de tabaco en su horario laboral.
Citar a Pedro Sánchez
Por su parte, las acusaciones populares han solicitado al juez Peinado que cite a declarar en calidad de testigo tanto al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, como al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños y a la actual secretaria general de Presidencia, Judith González. Además, han incidido en la necesidad de realizar un careo, entre la propia asistente de Begoña Gómez y el que fuera exvicesecretario general de Presidencia Alfredo González.
Y han presentado un documento con hasta 21 hitos que demostrarían, a su juicio, que hubo un delito continuado de malversación habida cuenta que la asistente se encargó y participó en la actividad empresarial privada de Gómez. Insisten en que se debe alejar el foco de la investigación del momento de la contratación de Álvarez, para centrarse en lo que hizo una vez accedió al puesto en La Moncloa.
Cabe recordar que en esta pieza separada, desgajada de la principal, el magistrado investiga si Begoña Gómez utilizó a la asistente de La Moncloa, Cristina Álvarez, para fines privados relacionados con su vida profesional y, más en concreto, con la cátedra extraordinaria que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
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