La Audiencia Nacional condena a Villarejo a devolver los 390.000 euros que le pagaron Repsol y CaixaBank por el informe del expresidente de Sacyr
El comisario jubilado se libra del cohecho por el denominado proyecto Wine, pero no de la revelación de secretos
La Sala absuelve a los jefes de Seguridad de ambas compañías, Rafael Araújo y Miguel A. Fernández Rancaño
Anticorrupción pide 40 años de cárcel para Villarejo por el espionaje a Del Rivero sobre Repsol y Caixabank

La Audiencia Nacional ha condenado al comisario jubilado José Manuel Villarejo a devolver los casi 390.000 euros que pagaron a su compañía, Cenyt, Repsol y CaixaBank entre 2011 y 2012 para que averiguara los movimientos que sospechaban estaba haciendo el entonces presidente de ... Sacyr, Luis del Rivero, para ganar poder en el consejo de administración de la petrolera.
Es el denominado 'Proyecto Wine' por el que el policía jubilado se enfrentaba a una condena de 40 años, según la petición de la Fiscalía, y su socio Rafael Redondo, a 32.
La Sala de lo Penal no condena a Villarejo por cohecho, sino a dos años de prisión por cada uno de los cuatro delitos de revelación de secretos (ocho años de prisión en total) y al comiso de la cantidad señalada por el delito de revelación de secretos. A su socio Redondo, la Sala le impone una pena de seis años de prisión por los mismos delitos de revelación de secretos de particulares.
Movimientos con Pemex
En esta causa, Repsol y CaixaBank estuvieron investigadas como personas jurídicas, así como sus presidentes en el momento de los hechos, Antonio Brufau e Isidro Fainé, pero finalmente el Ministerio Público no presentó acusación contra las compañías y quedaron fuera del juicio.
La Sala de lo Penal consideró que no había indicios suficientes de que los presidentes de ambas compañías supieran que Villarejo había acordado con sus jefes de Seguridad hacer una operación de espionaje a Del Rivero para saber si planeaba unir fuerzas con la mexicana Pemex y tomar el control del consejo de Repsol.
Por este motivo estaban acusados de cohecho, en su caso activo, falsedad en documento mercantil y revelación de secretos los jefes de Seguridad de ambas compañías, Rafael Araújo (Repsol) y Miguel Ángel Fernández Rancaño (LaCaixa), a quienes la Sala absuelve. La Fiscalía pedía para ambos 28 y 21 años de prisión, respectivamente.
Villarejo actuó por libre
Para los magistrados Teresa Palacios (presidenta), Juan Francisco Martel y Fermin Javier Echarri (ponente), no existen pruebas de que Villarejo comunicara a Rancaño, a Araújo y al exdirectivo de Repsol Rafael Girona que también se enfrentaba a 21 años de cárcel y ha sido absuelto, que utilizaría medios ilegales para espiar a Del Rivero.
"No existe dato alguno que acredite que los acusados Sres. Araujo Bernabé, Girona Hernández y Fernández Rancaño, tuvieren conocimiento de que entre los medios empleados para presionar al Sr. Del Rivero, y para sacar sus 'trapos sucios', se fuesen a interceptar los tráficos de llamadas tanto de aquél, como de su entorno más cercano, como el de su esposa, su escolta y el del Sr. Benedito Francés. Ningún dominio del hecho, de tal situación tenían estos acusados, ya que no ha quedado acreditado que aquellos, ya en sus reuniones personales, en sus conversaciones a través de cualquier medio, solicitasen al Sr. Villarejo la obtención de tráficos de llamadas alguno, y menos aún relacionados con los sujetos que luego resultaron perjudicados por tan ilícita acción".
Tampoco encuentra la Sala pruebas de que los investigados trasladasen la información del tráfico de llamadas de Del Rivero a sus superiores: "Tales peticiones, pueden en cierto modo compadecerse con el contenido del encargo realizado por los clientes de un 'control integral' de la actividad del Sr. Del Rivero, pero ello no ha quedado demostrado, ya que ello, desde el punto de vista de las máximas de experiencia carece de la más mínima lógica, y atenta a la racionalidad que debe presidir estos juicios de inferencia, pese a los encomiables esfuerzos llevados a cabo por las acusaciones en esta causa. Pero, lo cierto es no existe dato alguno en el procedimiento con la potencialidad necesaria que sirva para acreditar, sin lugar a dudas, que estos acusados conocían y trasladaron a sus superiores tráfico de llamadas alguno; y ello puede no ser lógico, pero además, a sensu contrario, tampoco consta que éstos a su vez, trasladasen a sus subordinados la citadadocumentación/información obtenida a través de aquellos para su correspondiente y pertinente análisis, a diferencia de lo que sucedió con otros informes en los que consta que el acusado Sr. Girona, si trasladó a sus analistas dentro de “Repsol YPF, S.A.” (a sus superiores no hacía falta ya que el inmediato, el Sr Araujo, estaba al tanto de la contratación) para llevar a cabo dicha tarea y corroborar así su contenido", se lee en la sentencia consultada por ABC.
En cambio, para los jueces sí queda acreditado que Villarejo, en aquél momento policía en activo, rastreó las llamadas de Del Rivero y su entorno: "Ha quedado acreditado que el acusado José Manuel Villarejo Pérez, en la fecha de los hechos comisario en servicio activo del Cuerpo Nacional de Policía, recabó de manera ilegítima los tráficos de llamadas de los perjudicados D. Luis del Rivero Asensio, su esposa Natividad Martínez Bolívar, su director de seguridad Rodríguez Álvarez Vázquez, y su asesor Vicente Benedito Francés".
Por lo tanto, la Sala no pone en duda que las dos empresas del Ibex hicieran un encargo a la empresa de Villarejo, pero no hay pruebas de que le pidieran que hiciera nada fuera de la legalidad o que conocieran prácticas ilegales y las autorizaran.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete