caso tándem

La Audiencia Nacional condena a Villarejo a 19 años de prisión y valida sus audios

La Sala de lo Penal ve delito de revelación de secretos en las primeras piezas del caso Tándem pero absuelve al comisario de cohecho

El tribunal niega manipulación en los audios del policía e irregularidades en los registros

Mapa del caso Villarejo tras la primera sentencia: 47 piezas, 29 abiertas y 4 pendientes de juicio

El comisario José Manuel Villarejo, en una de sus declaraciones en la Audiencia Nacional efe | vídeo: ep

La sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al comisario jubilado José Manuel Villarejo a un total de 19 años de cárcel por delitos de revelación de secretos y falsedad en relación a tres proyectos para ... clientes particulares, Iron, Land y Pintor, que fueron juzgados en una sola vista oral entre octubre de 2021 y junio del año pasado.

No obstante, le absuelve del delito de cohecho al entender que, a pesar de la condición de funcionario público de Villarejo, el comisario actuó en la esfera privada y no pública. La sentencia, la primera de la macrocausa Tándem, podría marcar el futuro del resto de piezas del caso.

En concreto, el tribunal impone 7 años por el encargo para el bufete de abogados Herrero y Asociados que consistía en investigar a un despacho de la competencia, y otros 12 años por los espionajes realizados para la administradora de la inmobiliaria La Finca. Le absuelven, no obstante, del delito de extorsión que se le atribuía por el trabajo sobre el exjuez Francisco Javier de Urquía que hizo para los hermanos Juan y Fernando Muñoz Tamara.

En este caso, la carencia de prueba, apunta, es «absoluta», constituyendo un paradigma en el caso de José Manuel Villarejo Gil, hijo del comisario, cuya única actividad acreditada es haber hecho acto de presencia en una reunión en la sede de la empresa Cenyt.

En total, han sido juzgadas 26 personas, además de Villarejo, para quien la Fiscalía Anticorrupción solicitaba 80 años de prisión. Entre ellos su socio Rafael Redondo, a quien se le ha impuesto 13 años de cárcel por los mismos delitos que el comisario. Otras nueve personas han sido condenadas a penas de entre tres meses y 2 años de prisión, mientras que 16 han sido absueltas, entre ellas la esposa de Villarejo, Gemma Alcalá, y su hijo, José Manuel Villarejo Gil, además de los policías Constancio Riaño y Antonio Bonilla y el abogado David Macías. En el caso del comisario y ex jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo (UCAO) de la Policía, Enrique García Castaño, se le excluyó del juicio por enfermedad.

El núcleo del comisario

José Manuel Villarejo

Comisario retirado. La Fiscalía Anticorrupción pidió para él 83 años y 6 meses de prisión al cabo del juicio tras retirar varios delitos en las tres piezas separadas. El tribunal le impone 19 años de condena.

Rafael Redondo

Abogado de las empresas del comisario José Manuel Villarejo, el entramado Cenyt. La Fiscalía Anticorrupción pedía para él 71 años de prisión por las tres piezas separadas. El tribunal le impone 13 años de condena.

Gemma Alcalá

Mujer de Villarejo. Estaba acusada sólo en las piezas Iron y Land. La Fiscalía pidió para ella una pena de cinco años de prisión. Queda absuelta.

José Manuel Villarejo Gil

Hijo del comisario Villarejo. Estaba acusado en la pieza Pintor. La Fiscalía Anticorrupción pidió al cabo del juicio una pena de un año menos un día. Queda absuelto.

David Macías

Abogado que trabajaba en una de las empresas del comisario. Estaba acusado en la pieza Land. Fiscalía pidió 9 años y seis meses de cárcel. Queda absuelto.

La sentencia, de 351 páginas, considera que no se puede condenar por cohecho puesto que no se dan los requisitos de este tipo penal dado que los actos llevados a cabo por Villarejo «no los realizó en el ejercicio de su cargo ni guardaban relación con sus actividades públicas».

"Engaño en grado superlativo"

«La actividad desarrollada por el acusado en ningún caso tenía como finalidad menoscabar la legitimidad y los criterios de actuación de la Administración Pública, sino obtener unos mayores beneficios particulares», aseveran.

Y en este sentido el tribunal concluye que todo fue un fraude y Villarejo utilizó su cargo para «hacer creer» a sus clientes que su intervención era «crucial» para conseguir sus objetivos.

«El engaño en grado superlativo perpetrado frente a sus incautos clientes, –a pesar de la cualificación profesional que se les puede presuponer– y el desplazamiento patrimonial a consecuencia de semejante falacia situarían la actuación de Villarejo dentro de la órbita de delitos de carácter defraudatorio de los que no ha sido acusado», sentencian.

No obstante, la magistrada Paloma González discrepa y ha emitido un voto particular al considerar que para Villarejo «fue absolutamente imprescindible contar con la colaboración del estamento policial» y por hecho tendría que haber sido condenado también por delitos de cohecho.

Además de los familiares de Villarejo y los dos trabajadores de sus empresas, en el banquillo se sentaron los policías Antonio Bonilla, que se desempeñaba en segunda actividad en una empresa; y Constancio Riaño, que en la época de los hechos era inspector jefe y estaba en activo. Son dos piezas clave del relato de la Fiscalía Anticorrupción, que viene acusando al comisario de utilizar su posición para a través de personas como estas, acceder a datos de bases reservadas que luego mercantiliza. El tribunal le ha absuelto.

Por encima de ellas, el comisario Enrique García Castaño, que fue jefe de la Unidad Central de Apoyo Operativo de la Policía Nacional. El juicio fue suspendido para él porque padeció un problema grave de salud. Si se recupera hasta un punto en que pueda asumir responsabilidades penales, será juzgado aparte. De otro modo, la causa será archivada por completo para él. Está pendiente de más informes médicos.

Los policías

Antonio Bonilla

Policía en segunda actividad que hizo trabajos para las empresas de Villarejo desde su propia sociedad. La Fiscalía pidió 17 años y medio de prisión en las piezas Iron y Pintor. Queda absuelto.

Constancio Riaño

Inspector Jefe en la Sección de Relaciones Institucionales de la Unidad Central de Apoyo Operativo. La Fiscalía pedía 22 años y medio de prisión en la pieza Iron.

Mención aparte, los clientes. Casi la totalidad llegaron a acuerdos de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción y reconocieron los hechos a cambio de rebajas en las peticiones de condena. El resto de acusaciones no respaldaron esas conformidades, ni la popular que ejercía Podemos ni las que elevaban las víctimas de los ilícitos, con una excepción: en la pieza Pintor los perjudicados retiraron su acusación empezado ya el juicio, lo que se tradujo en notables reducciones de condena ya que al tratarse de delitos de revelación de secretos, que son privados, sólo se pueden perseguir a instancia de parte.

En este caso se trata de los administradores y el exjefe de seguridad de las empresas La Finca, mercantiles estas también acusadas como personas jurídicas; los empresarios y hermanos Juan y Fernando Muñoz Tamara y los socios del bufete Herrero y Asociados, como también la compañía.

En la pieza Land, se juzgaba el encargo en dos fases a las empresas de Villarejo para espiar, por un lado, a la hermana de Susana García Cereceda y, por otro, a una serie de personas de su entorno que entendían, podían amenazar el reparto del legado del constructor Luis García Cereceda.

Los clientes: Land

Susana García Cereceda

Administradora del imperio inmobiliario La Finca. Reconoció los hechos. La Fiscalía pidió 9 meses de prisión.

Francisco Lorenzo Peñalver

Socio de Susana García Cereceda. Reconoció los hechos. La Fiscalía pidió un año, siete meses y 15 días de prisión.

David Fernández Aumente

Jefe de Seguridad de La Finca. Reconoció los hechos. La Fiscalía pidió un año, siete meses y 15 días de prisión.

La Finca: Tres empresas

La Fiscalía pidió siete años y nueve meses de multa a 100 euros diarios para las tres mercantiles en que se escindió La Finca.

En el caso de Iron, se trata del espionaje al bufete de abogados Balder Ip Law al que se habían pasado un grupo de trabajadores de Herrero y Asociados. No todos los acusados reconocieron el relato de hechos de la Fiscalía Anticorrupción. Andrés Medina y María de los Ángeles Moreno decidieron plantar batalla. De ahí la diferencia en las peticiones de condena.

Los clientes: Iron

Andrés Medina y María Ángeles Moreno

Director general y Directora de Marcas del bufete Herrero y Asociados. La Fiscalía solicitó 26 años de cárcel para ambos.

Francisco y Mario Carpintero

Presidente y responsable nacional de Marcas, respectivamente, del bufete Herrero y Asociados, la Fiscalía les instó 2 años y cuatro meses.

Álvaro Martínez

Director financiero de Herrero y Asociados. La Fiscalía pidió 2 años y cuatro meses de cárcel.

La empresa Herrero y Asociados

La Fiscalía Anticorrupción pedía 13 años y medio de multa a 100 euros el día.

Pero si hubo una pieza que provocó un vuelco en las peticiones de penas fue Pintor, donde los perjudicados renunciaron a solicitar condenas, lo que redujo en cascada todo el horizonte de los acusados.

En este caso, además de los clientes, que se conformaron con el relato de la Fiscalía, se sentaban en el banquillo los presuntos ejecutores del encargo, un grupo de detectives a los que Villarejo habría encomendado seguimientos al exjuez Francisco Urquía, que fue grabado consumiendo drogas en un cuarto de baño y su cliente, Mateo Martín, con el que tenían un litigio. Ambos renunciaron al procedimiento tras alcanzar acuerdos privados -con dinero de por medio- con varios de los acusados.

Los audios, prueba "eficaz"

La sentencia ahora notificada supone un punto de inflexión porque marca la pauta en toda la causa que se sigue en la Audiencia Nacional y por la que ya se han incoado más de cuarenta piezas separadas. Era el primer examen de la macrocausa Tándem, pues los jueces debían pronunciarse sobre la legalidad de los registros y la autenticidad de las grabaciones del comisario, todas ellas cuestiones alegadas por las defensas para solicitar la nulidad del juicio y que podían hacer tambalear el resto de la causa.

En este sentido, el tribunal da validez a los audios como un «eficaz medio probatorio a tener presente en conjunción con otros», niega cualquier manipulación y rechaza que las entradas y registros tuvieran carácter prospectivo.

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