El Constitucional avala el derecho a dirigirse en bable a la Administración

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado que los ciudadanos de Asturias usen el bable de forma oral o escrita en cualquier documento oficial en sus relaciones con la Administración del Principado.

El auto, que cuenta con el voto particular del magistrado Manuel Aragón Reyes, inadmite ... a trámite una cuestión de inconstitucionalidad en relación con un artículo de la Ley sobre uso y promoción del bable.

El Constitucional ha respondido así al recurso presentado en 2007 por un letrado del Servicio Jurídico de la Administración del Principado contra una resolución de la consejería de Presidencia que le denegaba una solicitud de permiso por estar redactada en bable.

El motivo alegado por la consejería para rechazarla fue el artículo 4.2 de la Ley de uso y promoción del bable de 1998, que sólo contemplaba las comunicaciones orales o escritas de los ciudadanos con el Principado, y no hacía mención alguna a los asuntos que pudieran plantear los funcionarios de dicha Administración.

Un letrado del Servicio Jurídico de la Administración del Principado de Asturias presentó en 2007 un recurso contra la resolución de la Consejería de Presidencia que le denegaba una solicitud de permiso al estar redactada en bable

Los magistrados precisan que el precepto legal impugnado no atribuye a los ciudadanos el derecho a elegir la lengua del procedimiento, «limitándose a imponer al Principado de Asturias la obligación de tramitar los escritos que los ciudadanos le dirijan en bable».

Según el auto, el ámbito de aplicación de esta norma sólo vincula al Principado de Asturias y, por tanto, quedan fuera el resto de los poderes públicos existentes en territorio autonómico. Por último, se acuerda la publicación del fallo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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