El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tramita ya la cuestión prejudicial de la Audiencia de Sevilla contra la «impunidad» de Chaves y Griñán en el caso ERE
El tribunal con sede en Luxemburgo informa a los magistrados de que notifica a las partes del proceso la consulta planteada para revisar el borrado de delitos del Constitucional
La Audiencia de Sevilla lleva al Constitucional ante el Tribunal Europeo para evitar la «impunidad» de Chaves y Griñán en la corrupción del caso ERE
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Iniciar sesiónEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha iniciado el trámite de las cuatro cuestiones prejudiciales o consultas que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla planteó a mediados del pasado mes de julio para que revise el borrado sustancial de los delitos que impuso el Tribunal Constitucional (TC) ... en la denominada pieza política de la macrocausa de corrupción de los ERE.
El tribunal andaluz dejó en suspenso la aplicación de las diez sentencias del TC, entre otras, las que afectan a los expresidentes de la Junta y del PSOE federal Manuel Chaves y José Antonio Griñán, para evitar «un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares (...) y salvaguardar los intereses financieros de la UE», según especificaron en su auto. Es lo que ahora debe valorar la Justicia europea.
En julio de 2024, el órgano de garantías español, presidido por Cándido Conde-Pumpido —fiscal general del Estado con José Luis Rodríguez Zapatero—, había anulado parcialmente las penas a los expresidentes andaluces al estimar sus recursos de amparo contra la sentencia dictada por la Audiencia en noviembre de 2019 y ratificada después por el Tribunal Supremo. El tribunal sevillano condenó a Griñán y Chaves por el reparto arbitrario y sin ningún control de casi 680 millones de euros en ayudas a empresas entre los años 2000 y 2009.
En una comunicación por correo electrónico enviada el pasado 22 de julio, la Secretaría del tribunal con sede en Luxemburgo acusa recibo de la cuestión prejudicial presentada por la Audiencia hispalense el 17 de julio pasado y pregunta a la letrada de Administración de Justicia de la Sección Primera acerca del listado de intervinientes y representantes en el proceso. Se interesa en concreto por la situación de tres personas que fueron absueltas durante el juicio celebrado en 2018, que «no tienen asociado un nombre ficticio» para identificarse. Se trata del exinterventor general de la Junta Manuel Gómez, el exjefe del Gabinete Jurídico de la Junta Francisco del Río y Antonio Estepa Jiménez, que fue secretario general de Hacienda de la Junta entre 2000 y 2004.
Petición de aclaraciones
En un escrito posterior, del pasado 17 de septiembre pasado, el TJUE informa a la Audiencia de Sevilla de que «se dispone a notificar la prejudicial a las partes y a los interesados del artículo 23 del Estatuto» de dicho tribunal europeo, a la espera de que conteste a sus «aclaraciones» sobre los mencionados ex altos cargos.
El tribunal de Luxemburgo también plantea a la Audiencia otras dudas de carácter formal a la hora de notificarle sus escritos, tales como si «debemos considerar partes en el litigio nacional» a tres ex secretarios generales técnicos de la Consejería de Empleo Javier Aguado, Juan Francisco Sánchez y Lourdes Medina, a los que el Supremo absolvió del delito continuado de prevaricación administrativa que les impuso la Audiencia de Sevilla al admitir sus recursos de casación.
Todos los ex altos cargos del PSOE condenados por la malversación de los ERE están fuera de la prisión gracias al Constitucional
Antonio R. VegaEl expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán fue el único que no pisó la cárcel por la enfermedad grave que padece, mientras que Chaves, Zarrías o Magdalena Álvarez no tuvieron penas de prisión sino de inhabilitación
En una diligencia de ordenación emitida este viernes 19 de septiembre, la Sección Primera de la Audiencia, a través de su letrada de Administración de Justicia (lo que antes era la secretaria judicial), da traslado a las partes del contenido de los citados correos electrónicos remitidos por el tribunal europeo.
Se dirige, «en especial, a las personas absueltas, a fin de que manifiesten, en el plazo de tres días, a la vista de que constan bajas de procuradores, si se siguen mostrando parte o se apartan del procedimiento, y en su caso, designen nuevo procurador». Contra dicha resolución cabe interponer un recurso de reposición.
Mediante un auto del pasado 14 de julio, los magistrados de Sevilla acordaron «suspender la tramitación de la causa, en lo que se refiere a la ejecución de los mandatos contenidos en las sentencias del Tribunal Constitucional, y respecto de los acusados a que se refiere esta cuestión prejudicial, hasta obtener la respuesta demandada» del TJUE.
La Audiencia alegó que el Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido [fiscal general del Estado con José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE)] «vulneró» el principio de legalidad penal nacional al «imponer una interpretación restrictiva de la legalidad penal ordinaria interna respecto a los delitos relacionados con la corrupción» cometido por antiguos altos cargos del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía condenados por los tribunales penales ordinarios (Audiencia Provincial de Sevilla y Tribunal Supremo).
La Audiencia cuestionó que la interpretación de los delitos de prevaricación y malversación que hizo el órgano que preside Cándido Conde-Pumpido
«La interpretación que realiza el TC de los delitos de prevaricación y malversación se vincularía genéricamente con la exención de responsabilidades a todo hecho o actuación realizada en el marco de la iniciativa legislativa presupuestaria», una interpretación que, según la Audiencia, «es susceptible de originar un ámbito de impunidad que habría de resultar incompatible con los principios de seguridad jurídica y confianza legítima». A su juicio, con esta tesis del Constitucional se impide determinar las posibles responsabilidades penales, civiles y contables de aquellos que, mediante un acto naturalmente ilícito -pero que en el caso de las sentencias del TC se considera atípico-, inician un trámite legislativo para crear leyes presupuestarias que persiguen un fin fraudulento, prohibido y contrario a las normas de la Unión Europea y sus intereses financieros».
La consecuencia de dicha interpretación es la absolución o rebaja casi integral de las penas impuestas a los condenados, creando de este modo «un escenario de impunidad de los delitos cometidos entre los años 2000 y 2009 por los altos cargos y responsables políticos de la Junta (Consejo de Gobierno, consejera de Hacienda, consejero de Empleo y directores generales de las consejerías y director de las entidades colaboradoras) y sus cooperadores y colaboradores».
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