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El 'Melillero' recurrirá la sentencia a 41 años por el ataque con ácido a su exnovia en Cártama

La Audiencia de Málaga condenó al 'Melillero' a 41 años y tres meses de prisión

La agresión con ácido no era la primera vez que José Arcadio maltrataba a Sandra

El 'Melillero' durante el juicio EFE
J. J. Madueño

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El 'Melillero' recurrirá la sentencia a 41 años y tres meses de prisión que le impuso la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga por la agresión con ácido de Cártama. La defensa, que dirige Marcos García Montes, ha declarado a Europa Press que los hecho constituyen un delito de lesiones.

La Audiencia de Málaga ha condenado a 41 años y tres meses de prisión a Jose Arcadio, como se llama el 'Melillero' por dos delitos de asesinato en grado de tentativa, con la circunstancia que agrava la pena de género en los dos casos y la de parentesco en cuanto a su expareja. Además, de un delito de maltrato habitual, otro de acoso y dos de amenazas graves.

Asimismo, se le prohíbe residir y acudir a Cártama y a municipios en que resida Sandra o su familia, además de una pena accesoria que «tiene una duración de 27 años. También tiene un alejamiento de la otra víctima. Además, indemnizará, junto al acompañante ese día, el 'Poti', a Sandra por daños y perjuicios con 1,1 millones de euros y a la otra chica con 312.522 euros.

La Sección Octava de Málaga ha condenado también a 32 años y tres meses de cárcel a su acompañante por las dos tentativas de asesinato y por un delito de amenazas. La Sala no determina cuál de los dos fue el que arrojó el ácido a las mujeres. También condena por las dos tentativas al que compró la sustancia a la pena de diez años de cárcel, mientras que se absuelve a tres procesados acusados de complicidad.

Aunque la condena suma 41 años y tres meses de cárcel, la Sala señala que no podrá cumplir por el total de las penas de prisión impuestas más de 25 años. Además, se prorroga la situación de privación de libertad en la que se encuentra hasta enero de 2033.

El Tribunal considera probado que ese día, el acusado, que mantuvo una relación sentimental con Sandra entre mayo a diciembre de 2020, sabía por dónde iba a pasar el vehículo donde iba la mujer y su amiga por lo que esperó, acompañado por otro acusado, conocido como 'El poti', que iba de copiloto y portaba el bote de ácido sulfúrico de 98% de pureza, «que la había entregado José Arcadio, que pensaba arrojarle a Sandra».

Cuando se acercaba el coche, José Arcadio colocó el suyo en paralelo, «procediendo uno de los ocupantes a presionar el bote que contenía el ácido sulfúrico, dirigiéndolo a la parte superior del cristal» conducido por Sandra, que llevaba algo bajado el cristal; por lo que el ácido entró en el vehículo y cayó sobre el cuerpo de ambas, que tuvieron que salir precipitadamente para evitar la asfixia por el ácido.

Ácido puro al 98%

«José Arcadio se reía mientras las miraba antes de darse a la fuga», dice la sentencia, en la que se detallan todas las quemaduras y lesiones que presentan ambas mujeres. Así, Sandra resultó con un 45% de la superficie total corporal quemada y ha precisado de 12 intervenciones quirúrgicas; mientras que en el caso de la amiga es el 20% del cuerpo y ha necesitado dos operaciones. Ambas tienen secuelas.

Para el Tribunal, «queda acreditado el dolo homicida a partir de la naturaleza radicalmente peligrosa del producto empleado». «Verter sobre una persona una considerable cantidad de liquido, con la más alta concentración de ácido sulfúrico posible, 98%, es causa probable de su muerte«, señala la sentencia, incidiendo en la cantidad utilizada y en el carácter sorpresivo del ataque.

Se aplica la agravante de género, ya que para el Tribunal no hay duda que usar un ácido, «elegido por su virtualidad para, entre otros efectos, desfigurar el aspecto físico de la mujer« lo justifica, aludiendo al »absoluto desprecio de la posición de igualdad« que tenía este.

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