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Tribuna libre

Tribuna libre: «El absentismo escolar por miedo al Covid no es delito», por Herminio Padilla

El autor explica los escasos supuestos donde no enviar a los niños a clase está penado

Una mujer se limpia las manos en el instituto Góngora Valerio Merino

Herminio Padilla

Ya sea con craso error, ya intencionadamente, Enrique Ossorio , el consejero de Educación de de Madrid, ha advertido a los padres que pueden estar privados de libertad hasta tres años ni no llevan a sus hijos al colegio. En Andalucía el vicepresidente ... Juan Marín matizó su postura inicial (los padres están en su perfecto derecho a hacer lo que consideren oportuno para velar por la seguridad de sus hijos), y recordó que nuestro Código Penal contempla sanciones para los progenitores cuyos hijos practiquen el absentismo escolar. El artículo 226 sanciona a quien dejare de cumplir los deberes inherentes a la patria potestad. Pero la pena de prisión que se prevé llega hasta los 6 meses, no tres años, por lo que, de imponerse, podría evitarse el ingreso en prisión (suspensión). De forma alternativa a la prisión puede imponerse una multa. Los tribunales, como en tantos y tantos tipos penales que contemplan esta disyunción, optan por la menos gravosa multa si se trata de delincuentes primarios. Asimismo, por la propia naturaleza del delito.

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