Suscríbete a
ABC Premium

JUSTICIA

El Juzgado 24 horas de Córdoba funciona como en el resto de España, sin traslado de presos de madrugada

El recurso del Colegio de Abogados contra el protocolo de conducciones a la Guardia se da de bruces con la realidad

Entrada principal al Juzgado de Guardia 24 horas de Córdoba en la Ciudad de la Justicia VALERIO MERINO

P. García-Baquero

¿Donde está la polémica del Juzgado 24 horas de Córdoba? Los Juzgados de Guardia 24 horas de prácticamente toda España funcionan como lo hace el que desde hace un año se puso en marcha en Córdoba. No hay diferencias significativas ni siquiera cuando se ... trata del volumen de detenidos en grandes urbes como Madrid o Barcelona. De madrugada no hay traslados de presos al juzgado salvo casos excepcionales expresamente recogidos por la Ley. Los magistrados que ejercen las guardias después de una jornada entera que arranca a las 8 de la mañana y puede llegar a las 10 u 11 de la noche, a partir de ahí están localizados, por si hubiera algún caso de «Habeas Corpus», levantamiento de cadáver o cualquier otra eventualidad que requiera de su presencia física. Es básicamente el modus operandi de estos juzgados contado a ABC por los tribunales superiores de Justicia de Andalucía, Murcia, Cataluña, Madrid, Valencia y Castilla León . Esta realidad se da de bruces con el planteamiento hecho por el Colegio de Abogados de Córdoba en el recurso presentado ante el Tribunal Supremo que ha sido admitido a trámite contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de rechazar el recurso de alzada interpuesto por la organización colegial para impugnar el protocolo de conducción de detenidos que limita el número de viajes que se realizan cada día. Para los abogados, si no hay conducciones de madrugada, quedaba sin sentido el Juzgado de 24 horas de Córdoba , con la excepción de los casos de violencia de género. Sin embargo, la realidad es que todos los juzgados de Guardia de España funcionan igual que el de Córdoba en cuanto a las conducciones policiales.

Artículo solo para suscriptores

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comparte esta noticia por correo electrónico
Reporta un error en esta noticia