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Juristas avisan que la inmatriculación de la Mezquita-Catedral de Córdoba es distinta de la propiedad

Los profesionales aseguran que el informe tiene teorías «sin asidero legal alguno»

Una capilla funeraria en la Mezquita-Catedral de Córdoba Valerio Merino

Rafael Á. Aguilar

Las críticas al informe salido de la comisión presidida por Federico Mayor Zaragoza no cesan. El abogado Jesús María Coca , del despacho Montero-Aramburu, señaló que «confunde la inmatriculación de un bien con la propiedad del mismo. La propiedad ... es preexistente y el registro es un elemento de publicidad frente a terceros. La propiedad de la Catedral no se adquiere en 2006 [cuando el Obispado la inmatricula]: eso directamente es falso y lo tendría que saber cualquiera con conocimientos jurídicos. Además desde el siglo XIX se admitían las certificaciones eclesiásticas para la inmatriculación de bienes. Es más los bienes destinados al culto estaban exentos de su inscripción».

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