Urbanismo
Accesos y servicios independientes: los motivos por los que Urbanismo revoca licencias de pisos turísticos en Córdoba
La Gerencia de Urbanismo explica en sus notificaciones a los propietarios estas razones de incompatibilidad por las que se desautorizan los permisos
Oleada de notificaciones de la Junta revocando centenares de licencias de pisos turísticos en Córdoba desde 2024
Córdoba
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónLos propietarios de los pisos turísticos en Córdoba se ha visto sacudido en estas semanas por una oleada de notificaciones de la Junta de Andalucía -tal y como avanzó ABC- que están revocando licencias al no cumplir con los requisitos de la normativa, esto es, ... el decreto 31/2024, de 29 de enero de la Consejería de Turismo que modificó diversas disposiciones en materia de viviendas de uso turístico.
¿Y cuáles son esas exigencias? La Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) explica en un informe remitido a la Administración autonómica cuáles son las incompatibilidades que explican por qué se está dando de baja a muchos inmuebles que se basaron en las llamadas declaraciones responsables.
En primer lugar, según recuerda la GMU, además de tener que cumplir con los requisitos propios de la vivienda, como se ha venido exigiendo hasta ahora, «se establece [en el decreto] que para poder iniciar la prestación del servicio de alojamiento en una vivienda de uso turístico, la persona o entidad que explota este servicio debe disponer, no solo de licencia de ocupación o documento equivalente para su uso como vivienda, sino que debe manifestar que resulta compatiblepara el uso como vivienda de uso turístico de conformidad con la planificación u ordenación urbanística aplicable».
Los dueños de pisos turísticos tienen diez días para afrontar la revocación de licencias
Davinia DelgadoEl letrado Rafael Aguirre, del despacho Aguirre Donate Verastegui, informa de los pasos a seguir ante las notificaciones de la Junta que están dando de baja viviendas de uso turístico
En este sentido, las citadas viviendas de uso turístico tienen que cumplir con la normativa urbanística del vigente PGOU de Córdoba, tanto para el uso residencial como para el uso hospedaje, artículos 13.2.27 y 12.4.2 de las Normas Urbanísticas del PGOU respectivamente, explica Urbanismo.
Estos artículos señalan que, en el supuesto de que la vivienda esté ubicada en un edificio destinado total o parcialmente a viviendas, el interesado tiene que acreditar que sus inmuebles disponen de elementos de acceso y evacuación «adecuados e independientes de los del resto del edificio, así como de instalaciones generales igualmente independientes de las del resto del edificio», establece la norma.
El principal motivo de revocación de muchas licencias ahora mismo (más de 600 otorgadas desde la entrada en vigor del decreto) es que la declaración responsable de los interesados (se comprueban a posteriori) no cumple con la citada exigencia, es decir, que se ha comprobado que no cuentan con puntos de entrada y salida a los pisos independientes del resto del edificio en el que se ubican, ni tampoco dispone de luz, agua, teléfono, etc, ajenas al edificio.
Los afectados están buscando ahora asesoramiento legal y ya están presentando reclamaciones en Urbanismo (más de un centenar) para echar por tierra estas revocaciones. El punto a discutir sería la interpretación jurídica de los artículos que, presuntamente, se incumplen, y analizar si esa interpretación no afectaría, por ejemplo a las viviendas de alquiler temporal o a los alquileres de estudiantes, lo que supondría un agravio comparativo con respecto a los inmuebles de uso turístico, defienden los perjudicados.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete