tribunales
El exgerente del IMAE de Córdoba pierde el juicio en el que reclamó que su despido fue nulo
El Juzgado de lo Social número 5 falla que la extinción de la relación laboral, que duró 5 meses, fue conforme a derecho
El Ayuntamiento de Córdoba despide a Carlos Aladro como gerente del IMAE cinco meses después de su llegada
Carlos Aladro, nuevo gerente del IMAE de Córdoba

El Juzgado de lo Social número 5 de Córdoba ha desestimado la demanda de quien fue gerente del Instituto Municipal de las Artes Escénicas (IMAE) -se encarga de los teatros del Consistorio- entre octubre de 2023 y febrero de 2024, Carlos Aladro, y ha declarado conforme a derecho la extinción de su relación laboral con este ente perteneciente al Ayuntamiento de Córdoba.
Solicitaba que se declarara la nulidad y la improcedencia de su despido. En la salida de Aladro, hubo cruce de reproches. El alcalde, José María Bellido, aseguró que, con la labor del hasta entonces gerente, se había creado «una tensión que no era sostenible», teniendo en cuenta que era «el responsable de la gestión de los recursos humanos». Y mostró cierta crítica a las formas de Aladro: «Nuestro estilo es el del diálogo, la moderación y el desencuentro».
Este último aseguró que se había puesto al frente de una institución con «determinadas dolencias, algunas de ellas muy graves, con lo que es difícil que ese tratamiento no fuera doloroso».
En el fallo, al que ha tenido acceso ABC, se argumenta, entre otras cuestiones, que «el ambiente de toxicidad existente en el IMAE es un hecho cierto y probado [y, al parecer, conocido por todos dentro y fuera del mismo] que sirve de caldo de cultivo al conflicto con el demandante». Pero, advierte la resolución del Juzgado de lo Social número 5, el Ayuntamiento no hace a Aladro «directamente responsable del mismo ni se le imputa conducta alguna más allá de mostrar disconformidad con su manera de llevar el cargo de gerente, lo que es evidente si se ha procedido a su cese».
El demandante, sigue la sentencia, conocía, desde la publicación de las bases de la convocatoria, que «podía ser cesado en cualquier momento», por el tipo de vinculación laboral que rubricó, «sin necesidad de invocar una causa concreta, como finalmente ha ocurrido, y conocía los términos de su contrato y la posibilidad de desistimiento». «Por ello, aceptó, junto con las altas facultades de dirección y el salario, esas particularidades de su contrato y consintió en asumir ese riesgo de desistimiento, con lo que ahora no puede alegar que dicho desistimiento por pérdida de confianza atente contra su reputación y prestigio cuando él firmó una vinculación laboral consintiendo expresamente esa posibilidad», avalada por la normativa, indica el fallo.
Igualmente, la sentencia descarta, entre otras cuestiones, que tras el cese pueda haber algún motivo ideológico. Rechaza que Aladro se presentara como simpatizante del PSOE y, por ello, acabará prescindiendo de sus servicios un gobierno municipal del PP. Contra el fallo cabe recurso ante el TSJA.
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