Las elecciones municipales del 28 de mayo se aproximan. El domingo de la votación será una jornada para la que más de uno tendrá ya planes: una comunión, una salida al campo o una escapada a la playa. Para ejercer el derecho al voto, ... está la opción de emitirlo por correo. Pero, ¿ejercerlo por anticipado te libra de ser elegido para una mesa electoral?
Pues, no; rotundamente no, aunque se haya extendido la creencia popular de que el voto por correo es un salvoconducto que permite esquivar la presencia en una mesa electoral. Una cosa y la otra no tienen nada que ver.
Con el voto anticipado, lo único que sucede es que el ciudadano ya no puede ejercerlo presencialmente -para la cita del 28M, se puede solicitar hasta el 18 de mayo-. Pero entra en el sorteo de los componentes de la mesa electoral que le corresponda por el lugar en el que se encuentre censado.
De la lista sólo se excluye a quienes no sepan leer y escribir y tenga setenta años o más -a partir de los sesenta y cinco años se podrá renunciar-. Si el azar escoge a un ciudadano para formar parte de la mesa, hay una serie de situaciones en las que puede solicitar no pertenecer finalmente a una de ellas. Puedes consultarlas pinchando en este enlace.
Artículo solo para suscriptores
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete