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Crimen de Rute| La Audiencia de Córdoba condena a 21 años de cárcel al autor confeso del asesinato a martillazos

El veredicto del Jurado Popular ya acordó por unanimidad declar al acusado culpable de asesinato y de un delito de malos tratos

Crimen de Rute| El autor confeso del asesinato pide perdón a los familiares de su mujer en su alegato

Crimen de Rute | El Jurado Popular declara culpable al autor confeso de matar a martillazos a su mujer

El autor confeso del crimen de Rute en 2019 durante el Jurado Popular en Córdoba RAFAEL CARMONA

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado de acuerdo con el veredicto del jurado a Juan Rosales, de 46 años, a 21 años y un día de prisión por asesinar a su mujer a martillazos mientras dormía en su ... cama en Rute en la madrugada del 2 de julio de 2019.

La sentencia recoge que en el delito de asesinato por el que viene condenado concurren las agravantes de parentesco y de género, y la atenuante de confesión. En esta condena, el presidente de la sala recoge en el fallo que procede decretar la libertad vigilada por diez años.

Igualmente, en la sentencia, facilitada a ABC por el TSJA, se establece la prohibición de comunicar por cualquier medio y de acercase a sus domicilios, lugares de trabajo, colegios o cualquier lugar en que se hallaren en un radio de 500 metros, ambas prohibiciones durante 30 años, respecto del hermano de su mujer, su esposa, los hijos de éstos y a sus propios hijos.

Además, el fallo ordena privar al acusadode la patria potestad de sus hijos por su vinculación directa con los hechos cometidos.

En cuanto al delito de maltrato, la resolución judicial lo condena a un año de prisión, a la pena de cinco años de privación del uso de armas, pérdida de licencia si la tuviere o de la posibilidad de obtenerlas, y a la prohibición de comunicar por cualquier medio y de acercase a sus domicilios, lugares de trabajo, colegios o cualquier lugar en que se hallaren en un radio de 500 metros, ambas prohibiciones durante 5 años, respecto de sus hijos

Igualmente, la Audiencia Provincial de Córdoba condena al acusado al pago de las costas y a indemnizar a los perjudicados el daño moral sufrido por la muerte de Piedad, como son sus hijos a A. J. C. R. con 25.0000 euros y a cada uno de los menores con 215.0000 euros.

Hechos probados

El tribunal, de acuerdo con el veredicto del jurado, recoge como hechos probados que el acusado Juan Rosales, estaba casado con Piedad desde 2005 con la que tenía dos hijos con los que convivía hasta pocos días antes del crimen.

Una vez producida dicha separación, el acusado se trasladó a vivir a la localidad de Iznájar. Al poco tiempo de casados, y más concretamente desde 2011, fueron frecuentes las graves desavenencias y fuertes discusiones entre los cónyuges, en el curso de las cuales el acusado profería todo tipo de insultos y sometía a Piedad a situaciones humillantes.

Ello determinó, entre otros aconteceres, que la mujer comenzase a trabajar en la empresa de su hermano en Granada, así como que tomase la firme determinación de poner fin a su relación matrimonial, lo que comunicó a Juan R. a mediados de junio de 2019. No obstante éste, que por ello se había mudado, como antes se dijo, a la localidad de Iznájar, incapaz de admitir que su matrimonio había finalizado,seguía acudiendo al domicilio de Rute.

Así las cosas, el 1 de julio de 2019, cuando Piedad se encontraba con sus familiares y sus hijos en Granada, recibió de Juan varias llamadas, a través de las cuales la conminaba a volver al domicilio familiar, cosa que la mujer terminó haciendo sobre las 20.30 horas, cuando ya el acusado se encontraba esperándoles en su interior.

Nada más llegar, comenzó entre ambos cónyuges una fuerte discusión, dado que el acusado estaba convencido de que ella estaba influenciada por su familia para dejarle, y de que, además, tenía una relación extramatrimonial. Ante la firme negativa de Piedad de continuar con la convivencia matrimonial, el acusado, muy contrariado,se marchó en torno a las 23.00 horas del domicilio junto con el hijo pequeño de ambos dirigiéndose a la casa de Iznájar.

Una vez en esta localidad, Juan Rosales sucumbió a la idea de que su vida como separado sería mucho peor que la propia de la relación matrimonial, por muy difícil que ésta estuviese siendo. Así que, embargado por esos y otros pensamientos, entre ellos, por la idea de dominación y prepotencia que sobre ella ejercía por su condición de mujer, tomó la decisión de matar a su mujer.

Para ello dejó a su hijo en la casa de Iznájar y condujo su vehículo, de vuelta a Rute, donde llegó sobre las 1.00 horas de la madrugada del 2 de julio de 2019. Seguidamente accedió al domicilio familiar, en el que se hallaba P. C., abriendo la puerta con unas llaves que tenía.

Luego bajó a la planta sótano, donde guardaba herramientas, para coger un martillo con el fin de asegurar su objetivo y de evitar cualquier posibilidad de defensa por parte de la mujer. A continuación subió al dormitorio donde descansaba Piedad y, de forma inopinada, la golpeó dándole tres fuertes puñetazos en la cara mientras se hallaba en la cama del dormitorio. Inmediatamente, y teniendo anulada su capacidad de defensa, le tapó la nariz y la boca con las manos, momento que aprovechó para propinarle martillazos en el lateral derecho y posterior de la cabeza.

Fueron, en suma, siete los golpes de martillo recibidos por Piedad, con tal intensidad aplicados que acabó partiéndose su mango de plástico endurecido. Dichos martillazos produjeron en la víctima una parálisis de los centros vitales nerviosos secundaria a un traumatismo craneoencefálico y encefálico severo que le provocaron la muerte inmediata.

La víctima presentaba lesiones contusas e inciso contusas, fracturas craneales en la bóveda y base craneal y en el macizo facial, y contusiones, erosiones y excoriaciones en la cara.

Después de acabar con la vida de Piedad el acusado le tapó la cara con su camiseta y dos almohadas, se duchó y bajó todas las persianas del domicilio. Luego despertó a su hija, que estaba durmiendo en la habitación contigua, y condujo el coche de Piedad hasta Iznájar para recoger a su otro hijo pequeño.

Tras esto, llegó conduciendo a Madrid. Una vez en la capital, después de desayunar con sus hijos en una cafetería, se puso en contacto con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para informarles de que había acabado con la vida de su mujer y de que ésta se encontraba en el domicilio de Rute. Hasta ese momento nadie tenía conocimiento de que se hubiese producido la muerte de P. C. R..

El fallo recoge además como hechos probados que Piedad, durante su matrimonio, y en todo caso desde 2010 ó 2011 hasta el fatal desenlace antes descrito, fue sometida por el acusado a un clima de humillación y sumisión permanentes, en el que se producían insultos, vejaciones y amenazas.

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