El fallo ordena rescindir el acuerdo de extinción contractual del contrato de prestación de servicios de dirección y gestión deportiva entre la concursada y Bitton Sports al entender que «fue perjudicial para la masa activa del concurso».
Así pues, acuerda también la eliminación de los 2,4 millones en concepto de indemnización que Luis Oliver pretendía cobrar por la resolución del contrato de dirección deportiva y condena a la empresa a la devolución de las cantidades por tal concepto percibidas.
El Mercantil obliga a Bitton Sports a indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a la masa activa y cuantificados en los intereses legales de las cantidades recibidas, devengados desde la fecha en que las percibieron y hasta la completa restitución de las indicadas cantidades. Esta resolución no es firme y se podrá apelar en la Audiencia Provincial de Córdoba.
Por otro lado, el Mercantil no considera lesivo y perjudicial a la masa el contrato de prestación y servicios de dirección y gestión deportiva presentado en enero de 2018. Se ha considerado válido el contrato de dirección deportiva por cuantía de 600.000 euros y la prima de un millón de euros que el equipo tenía si mantenía la categoría. El fallo asegura que las cifra «no es totalmente desproporcionada y no está fuera de mercado», en comparativa con el coste de dirección deportiva de otros clubes similares de la categoría, ya que se pagaba a un equipo de trabajo y no a una sola persona.
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