Hazte premium Hazte premium

tribunales

Condenado a seis años de cárcel uno de los dos acusados por los incendios de setos de casas del Brillante

El Tribunal considera que sólo se le puede condenar porque queda probado por uno de los fuegos del 27 de julio mientras que absuelve al segundo acusado

El incendio en los setos de siete chalés del Brillante en Córdoba se juzga con penas de entre 10 y 11 años de cárcel

Incendio de uno de los chalés en El Brillante en el verano de 2020 en Córdoba abc
Pilar García-Baquero

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a Francisco Jesús S. C. M. de 26 años, a seis años de prisión por un delito de incendio de escasa entidad en El Brillante provocado el 27 de julio de 2020, absolviendo a este acusado del resto de incendios y absolviendo al segundo joven que se sentaba en el banquillo por los mismos hechos al no quedar probada su participación.

La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, recoge como hechos probados que entre los meses de junio y octubre de 2020 se produjeron numerosos incendios intencionados en setos perimetrales y jardines de casas unifamiliares ubicadas en las barriadas de El Patriarca, El Brillante y El Tablero de Córdoba.

Francisco Jesús S. C. M., con domicilio en esta zona, era conocido de una pandilla de amigos de la que formaba parte, entre otros, Sergio E. J.. Entre los meses de junio y octubre coincidían algunas veces ellos dos y otros en algunas calles de las zonas residenciales citadas.

Alrededor de las 3.00 horas del día 24 de julio de 2020, persona o personas no identificadas prendieron fuego a los setos que rodean la vivienda ubicada El Brillante, en la que se encontraba durmiendo su propietario. El fuego afectó al seto del jardín y a las copas de unos árboles. Según consta por las señal de geolocalización de su pulsera telemática, el acusado Francisco Jesús S. C. M. estuvo en el lugar a las 2.46 horas.

Ese mismo día y entre las 5.45 y las 5.55 horas, prendieron fuego a los setos de la vivienda ubicada en otra de estas viviendas, en la que se encontraba durmiendo la familia que lo habitaba. Consta que el acusado, Francisco Jesús S. C. M. estuvo en el lugar a las 5.45 horas.

Del mismo modo, aproximadamente sobre las 1.25 horas del día 27 de julio de 2020, varias motos ocupadas por jóvenes que circulaban por aquellos barrios, llegan a la altura de otro de estos chalés. De una de ellas, la de cilindrada de 125 cc y color gris oscuro, se baja Francisco Jesús S. C. M., quedándose en ella Sergio E. J., (el otro acusado) que la sostiene, mientras aquél se encamina al seto de la fachada de tal casa y de repente prende fuego con un mechero, volviendo de inmediato a la moto y continuando el camino hacia un lugar de encuentro de los jóvenes en el que Francisco Jesús se jactó ante ellos de haber provocado el incendio, para desconcierto de todos incluido Sergio.

El seto comenzó a arder de inmediato, propagándose el fuego en pocos minutos a las casas colindantes que están ubicadas en dos números contiguos, siendo extinguido tras la intervención de varias dotaciones del Servicio de Extinción de Incendios de Córdoba (SEIS) que acudieron pronto al lugar.

En la primera de estas casas ardieron 45 cipreses de 4 metros de altura aproximadamente y numeroso mobiliario del jardín, produciéndose además daños en la valla, puertas metálicas, una de ellas la de la cochera, ascendiendo el importe de su reparación a la cantidad de 7.449,09 euros.

En el segundo chalé ardieron 83 cipreses de 3 metros de altura aproximadamente que conformaban el seto perimetral y el toldo existente en la planta baja de la vivienda, ascendiendo su reparación a 10.886,92 euros.

En la tercera de las viviendas afectadas se produjeron daños en la fachada y el mobiliario de jardín por valor de 1.8272,26 euros. En dos de estas tres viviendas afectadas por el fuego sus propietarios dormían en el interior en el momento del incendio.

«Verdadero peligro para la vida»

Entonces, según recoge la sentencia, facilitada por el TSJA, «esta Sala cree que estamos en presencia del delito contra la seguridad colectiva que contempla el artículo 351 del Código Penal a la vista de la firme intención criminal del autor de provocar un verdadero peligro para la vida y la integridad de las personas a través del incendio que alimentó, y teniendo en cuenta que se produjo un verdadero riesgo potencial para la vida e integridad física de los moradores de la casa que se trató de incendiar y, por extensión, de las otras dos colindantes, riesgo que no se llegó a materializar, bueno es recordarlo hasta la saciedad, por la intervención inmediata y eficaz de terceras personas especialistas en la extinción de incendios, que lograron apagarlo cuando ya había adquirido una preocupante dimensión«.

En la condena de Francisco Jesús S. C. M. -como autor de un delito de incendio de escasa entidad ocurrido el 27 de julio de 2020 concurren la atenuante simple de dilaciones extraordinarias e indebidas.

Del mismo modo, el fallo condena a Francisco Jesús S.C.M. al pago de la responsabilidad civil de los daños causados que ascienden a más de 27.000 euros a las compañías aseguradoras que se hicieron cargo de los gastos por el incendio provocado.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación