Condenados del caso ERE culpan al PP y a la Prensa de su ingreso en la cárcel
El exconsejero Viera se presenta ante el tribunal como víctima de una campaña que «magnifica» el relato judicial del fraude
Vallejo, en su recurso ante el tribunal, alega que llamarlo corrupto político afecta a sus derechos fundamentales
Sevilla
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Iniciar sesiónCondenados por el delito de malversación en el caso ERE se presentan ante el tribunal que los ha sentenciado como víctimas de una campaña orquestada por el PP y jaleada por los medios de comunicación que han dado cobertura a una de las causas ... de corrupción con mayor impacto social, político e institucional de la democracia. Éste es uno de los argumentos que recogen los recursos de súplica que han dirigido a la Audiencia Provincial de Sevilla, el último cartucho que les queda para evitar su ingreso en un centro penitenciario después de que la Sección Primera haya rechazado suspender las penas de entre seis y siete años impuestas a nueve de los ex altos cargos socialistas condenados por un delito continuado de malversación. El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán ha solicitado aplazar tres meses la ejecución de la pena de seis años de cárcel hasta que el Tribunal Supremo resuelva el incidente de nulidad presentado contra la sentencia o hasta que el Gobierno tramite el indulto por «causas humanitarias».
José Antonio Viera, que fue consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta entre 2000 y 2004, ha optado en su recurso por poner el ventilador para disparar contra el PP y la Prensa con el objetivo de esquivar la prisión. Se alinea así con la teoría de la «cacería política» esgrimida por el PSOE andaluz. Condenado a siete años y un día de prisión y a 18 años de inhabilitación por dos tribunales distintos, Viera cuestiona la «pretendida alarma social» a la que aludió la Audiencia para hacer cumplir una sentencia firme que afecta a delitos relacionados con la corrupción política.
La defensa del exconsejero considera «insuficientemente justificada o motivada la existencia de la alarma social». «No podemos confundir la alarma social con la atención a la opinión vociferante de una parte coincidente y representada, en este caso, en las voces de los más relevantes de los cargos orgánicos e institucionales del partido político que sustenta la acusación particular [en referencia al PP], tanto en sede de la comunidad autónoma de Andalucía o en la del debate político nacional en Madrid». Viera se coloca así como víctima de «una preconstituida intensiva campaña a través de los medios de información» que «dan cobertura» a dichas voces, «en la que se magnifica y desvirtúa la realidad de las cosas que no concuerda o coincide con el propio relato fáctico de la sentencia».
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No se siente aludido cuando el tribunal califica su conducta de corrupta e insiste en que ni él ni otros condenados han obtenido «ningún tipo de beneficio o enriquecimiento personal del destino ilícito que por la Dirección General de Empleo –que dependía de él como consejero– se diera a los fondos públicos». En total, según ratificó el Supremo, se malversaron casi 680 millones de euros. En el escrito presentado por su abogado, el que fuera líder del PSOE de Sevilla deja caer que en otras causas que se instruyen ha habido «comisiones percibidas por partidos políticos y cargos públicos».
La Sierra Norte de Sevilla, una pequeña comarca de 30.000 habitantes al que Viera estaba vinculado, concentró el 61% de las subvenciones directas a empresas que el fondo de los ERE destinó a toda Andalucía.
Francisco Vallejo Serrano, consejero de Innovación entre 2004 y 2009, también pone en entredicho la alarma social en su recurso de súplica. Argumenta que calificar los hechos como corrupción política, concepto «del que se le hace acreedor», representa una «clara afección personal de derechos fundamentales». Dicha alarma «tendría como colofón mediático-social el ingreso en prisión del condenado», señala el escrito presentado por su letrada, Encarnación Molino. En él lanza una batería de preguntas retóricas para poner en duda la condena de siete años de cárcel. «¿Y si no existe corrupción política en la actuación de mi representado? ¿Y si no ha existido malversación de caudales públicos? ¿Y si el ingreso en prisión deviene injusto por no ser procedente la pena privativa de libertad?». Todo ello, añade, «está en cuestión en los incidentes de nulidad de la sentencia que se ordena ejecutar» y que están pendientes de resolverse, precisa.
Votos discrepantes del Supremo
La exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, por su parte, basa su recurso en el voto particular suscrito por dos magistradas del Supremo que no apreciaron delito de malversación en su actuación y en la de otros cuatro ex cargos, entre ellos Griñán, porque no adjudicaron ayudas.
Con todo, el Supremo dedicó 1.205 folios a argumentar por qué condenaba a la antigua cúpula de la Junta de Andalucía, con los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán a la cabeza, por crear un procedimiento ilegal para repartir subvenciones que permitió el «absoluto descontrol y despilfarro en el manejo de los fondos públicos». La resolución confirmó el relato de hechos probados recogido en las 1.821 páginas de la sentencia la Audiencia de Sevilla del año 2019.
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