Claves para solicitar el voto por correo en las elecciones municipales 2023
Del 4 de abril al 18 de mayo está abierto el plazo para la solicitud del voto por correo
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C.B.
Quedan menos de tres semanas para que se celebren las elecciones municipales en todo el territorio. También tendrán lugar las autonómicas en la mayoría de las comunidades, a excepción de Andalucía, Cataluña, Galicia, País Vasco y Castilla y León.
Y como es habitual toda ... la maquinaria está puesta en marcha. El Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de marzo el Real Decreto de convocatoria de las elecciones municipales y a las asambleas de Ceuta y Melilla, que se celebrarán el domingo 28 de mayo de 2023.
Este Real Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el martes 4 de abril, fecha en el que entró en vigor.
Por ello, del 4 de abril al 18 de mayo está abierto el plazo de solicitud del voto por correo. Todos aquellos que unos u otros motivos quieran adelantar su voto pueden hacerlo desde ya.
Asimismo, la campaña electoral ya está en marcha. Comenzó a las 00.00 horas del viernes 12 de mayo y finalizará a las 23.59 horas del viernes 26 de mayo. Las corporaciones municipales se disolverán este mismo día y el sábado 27 de mayo se celebrará la jornada de reflexión.
Cómo votar por correo
Para votar por correo, lo primero es realizar la solitud correspondiente. La misma se puede gestionar vía web o presencialmente.
Si escoges la primera opción, tendrás que autentificarte con el DNI electrónico o un certificado digital válido en la Sede Electrónica.
En la segunda, debes recoger el impreso de solicitud en las oficinas de Correos, donde están disponible desde el 4 de abril.
En el documento tienes que indicar la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral (puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal)
Posteriomente, la Oficina del Censo Electoral envía a la dirección indicada la siguiente documentación:
- Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada uno de los procesos convocados.
- Un sobre de votación para cada proceso
- El certificado de inscripción en el censo.
- Un sobre con la información de tu mesa electoral.
- Una hoja explicativa.
Una vez que hayas recibido la documentación, elige la papeleta de votación para cada proceso en el que vayas a votar e introdúcela en el sobre de votación correspondiente (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco).
Del mismo modo, introduce el sobre o los sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de su mesa electoral.
Importante: No introduzcas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.
Lleva este sobre a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado en todo caso antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones. El envío es gratuito. En la oficina es necesario presentar el DNI en vigor original.
¿Se puede cambiar de opinión cuando ya has pedido el voto por correo?
Si solicitas votar por correo, y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el día de las elecciones.
El día de las elecciones, Correos envía todos los sobres que contienen los votos por correo a las mesas electorales desde las 9 de la mañana y hasta las 8 de la tarde.
MÁS INFORMACIÓN
Terminada la votación y antes de realizar el escrutinio, la mesa introduce los sobres de voto recibidos por correo en la urna.
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