Isco Tejón no cumplirá los tres años de cárcel ratificados por el Supremo al haber estado ya parte de la condena en prisión preventiva
Fuentes del caso sostienen que hay que hacer una «liquidación» para determinar cuánto tiempo estará entre rejas pero su abogado sostiene que no regresará al quedarle menos de seis meses y ser su primera sentencia condenatoria
El Supremo ratifica la sentencia de tres años y un mes de prisión para el colíder de 'Los Castañitas' por un delito contra la salud pública al haberle encontrado en su vivienda cinco kilos de hachís
Todos absueltos por organización criminal de narcotráfico en el juicio de 'Los Castañitas'
El Tribunal Supremo (TS) ha tumbado uno a uno los argumentos de la defensa del colíder del todopoderoso clan de 'Los Castañitas' Isco Tejón en su recurso de casación contra la sentencia de la sección de Algeciras de la Audiencia Provincial ... de Cádiz, que condenó al capo de la droga a tres años y un mes de prisión por un delito contra la salud pública, por lo que la sentencia ya es firme. También debe pagar una multa de 129.000 euros.
Sin embargo, Isco no cumplirá tres años entre rejas al haber estado ya en prisión preventiva. Fuentes del caso han asegurado a ABC que es necesario hacer «liquidación» de la condena para saber cuánto tiempo estará preso, aunque apuntan que volverá a estar entre rejas.
Por su parte, su abogado, Gonzalo Boye ha indicado a este diario que su cliente ha cumplido ya «dos años y seis meses en prisión provisional, lo que supone más de tres cuartas partes de la condena, y que sólo le resta por cumplir menos de seis meses, por lo que al ser su primera sentencia condenatoria no volverá a la cárcel. En términos penitenciarios estaría ya en condicional al quedarle ya menos de una cuarta parte por cumplir».
El abogado sostiene además que la sentencia del Tribunal Supremo «aún no es firme porque hemos pedido una aclaración de la misma».
En dicho juicio, celebrado en noviembre de 2022, tanto Isco Tejón como su hermano Antonio —con el que dirige este clan— y el resto de los procesados fueron absueltos de un delito de pertenencia a organización criminal por falta de pruebas, un fallo que causó gran indignación entre los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
El abogado de Isco Tejón, Gonzalo Boye —el mismo que el capo gallego de la droga Sito Miñanco y que el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont, fugado de la justicia— presentó un recurso de casación argumentando, entre otras cuestiones, la falta de «imparcialidad» de la presidenta de la Sala durante el juicio, así como por «vulneración del precepto constitucional de la tutela judicial efectiva-indefensión material, vulneración al derecho a la presunción de inocencia y por error en la apreciación de la prueba».
Además de cuestionar la validez de las escuchas policiales, también basa su recurso en que la droga intervenida en una vivienda de La Línea de la Concepción —poco más de cinco kilos de hachís— durante un registro, pertenece a su padre y no a Isco Tejón, y que había sido alquilada a un tercero.
Un arrendatario que nunca estuvo allí
El Supremo niega la falta de imparcialidad atribuida a la Sala por parte de la defensa de Isco Tejón así como todos los argumentos esgrimidos por la defensa del capo de la droga y recuerda que el supuesto arrendatario de la vivienda testificó en el juicio que residía en Ceuta y que nunca había estado en esa casa. Es más, el alto tribunal recuerda que en dicho registro estuvieron presentes la mujer de Tejón y su abogado y que en ningún momento señalaron que el inmueble estaba alquilado a un tercero. Contra la resolución del Supremo no cabe interponer recurso.
Isco tiene pendiente un juicio por blanqueo de capitales procedente del narcotráfico cuya fecha aún no ha sido fijada.
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