La Audiencia de Sevilla reabre la causa contra Alvise Pérez por publicar una foto de la hija de Pedro Sánchez para criticarlo
La Fiscalía recurrió el archivo de esta causa contra el eurodiputado por parte del Juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla por revelación de secretos o vulneración de la intimidad de la familiar del presidente del Gobierno
Sevilla
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Iniciar sesiónLa Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla aprecia un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos o de vulneración de la intimidad en la actuación del eurodiputado Alvise Pérez, líder de la formación ultra Se Acabó la Fiesta (SALF), por publicar ... una fotografía de una hija del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (PSOE), en su canal de Telegram el 16 de noviembre de 2023.
En un auto del pasado 9 de septiembre, el tribunal acuerda estimar parcialmente el recurso interpuesto por la Fiscalía de Sevilla y, por tanto, insta a reabrir esta investigación tras el archivo decretado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla el pasado 27 de mayo de 2024, según ha podido confirmar ABC a través de fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. La Fiscalía recurrió el sobreseimiento de esta causa contra Alvise Pérez por utilizar una fotografía de una hija de Pedro Sánchez, que responde a las siglas A. S. G., para criticarlo, según ha adelantado el diario El País.
La denuncia contra el actual eurodiputado ultra partió del fiscal jefe de Sevilla, Luis Pérez Fernández, quien puso de manifiesto que Alvise, a través de un canal donde tiene 326.000 suscriptores, lo que permitió la difusión de la fotografía de la hija del jefe del Gobierno y líder del PSOE en otras redes sociales, «habiendo dado lugar su viralización a comentarios de los lectores de carácter sexual y vejatorios».
Críticas por estudiar en un centro privado de Inglaterra
En la fotografía publicada por el actual eurodiputado ultra se podía ver el rostro de la referida hija de Sánchez, aunque inmediatamente se elimina y se sustituye a las 16.44 horas del pasado 16 de noviembre por la misma foto pero con el rostro tapado por un emoticono, y en ambos casos acompañada del siguiente texto: «A.S.G., hija de Pedro Sánchez, estudia en un centro privado en Inglaterra, y la traen un par de veces al mes en un vuelo privado. Socialistas pero van a centros extranjeros de 40.000 euros al año, viajes de avión incluidos mientras a nosotros nos los quieren prohibir. La hija no tiene la culpa de la hipocresía de su padre el tirano, pero es prueba de ello, y España debe saberlo».
En su escrito de denuncia, el Ministerio Fiscal aclara que la fotografía está tomada del perfil de la red social Instagram de la hija del presidente a la que no se tiene acceso en abierto, por tratarse de una cuenta privada.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla acordó el 27 de mayo pasado el archivo del procedimiento sin la práctica de diligencia alguna, según recoge el auto de la Audiencia de Sevilla al que ha tenido acceso ABC. Consideraba el juzgado que el denunciado, aunque «hizo durante tres minutos un uso indebido de la imagen en cuestión», los hechos podrían ser reprobados por las disposiciones de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo, pero en ningún caso por la jurisdicción penal.
La Audiencia de Sevilla discrepa del juzgado y considera que los hechos denunciados podrían estar encuadrados en los párrafos primero y tercero del artículo 197 del Código Penal, que «castigan a quien para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones, y difundan, revelen o cedan a terceros los datos o hechos descubiertos».
En el referido auto del 9 de septiembre pasado, la Sección Séptima destaca que la fotografía utilizada «está alojada en una cuenta privada» de la hija de Pedro Sánchez, «sin acceso más que a aquellos autorizados». Añade que está «indiciariamente acreditado» por la documentación aportada que «la foto real e integra de la Sra. Sánchez fue publicada en el canal de Telegram del denunciado, aunque lo fuera por tres minutos, tiempo suficiente para poder ser vista por miles de personas». Aunque luego retirase la imagen, la Sala considera preciso «iniciar la investigación a los efectos de poder aclarar cómo fue que dispuso de dicha foto, que le permitió luego su difusión».
Inmediata rectificación
La Audiencia no comparte, pues, el argumento del órgano judicial para archivar la causa contra Alvise Pérez. El juzgado valoró la casi inmediata rectificación, la condición de adulta de la persona ofendida y la nula afectación a su dignidad personal, toda vez que no aparece «en actitudes íntimas o reservadas». Además, ponía de manifiesto que se trataba de una foto publicada por la propia afectada y que los «comentarios peyorativos» que acompañaban a la imagen y se atribuyen al denunciado no van dirigidos contra ella, sino contra un tercero, que era su padre.
Al tratarse de un eurodiputado y, por tanto, estar aforado, la causa acabará en el Tribunal Supremo. La publicación de la imagen de la hija de Sánchez en el canal de Telegram, donde tiene 326.000 seguidores, se produjo con anterioridad a su elección como eurodiputado en los comicios europeos celebrados el pasado 9 de junio. Por esta razón, la investigación recayó en un juzgado ordinario de Sevilla.
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