Andalucía lleva al Tribunal Constitucional la ley de Vivienda de Sánchez y Bildu por invadir sus competencias
El Consejo de Gobierno autoriza el recurso, que han anunciado también el País Vasco y la Comunidad de Madrid
El Consejo Consultivo da luz verde a la Junta de Andalucía para presentar un recurso ante el TC por la ley de Vivienda
Preguntas y respuestas de la nueva Ley de la Vivienda
Málaga
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Iniciar sesiónEl Consejo de Gobierno extraordinario que ha celebrado la Junta de Andalucía este jueves ha autorizado la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra la polémica ley estatal por el Derecho a la Vivienda. Así lo acaba de anunciar el portavoz del ejecutivo ... regional, Ramón Fernández-Pacheco. Como adelantó ABC, la Junta intenta frenar una normativa que, entiende y así ha sido refrendado por el Consejo Consultivo de Andalucía, invade sus competencias. También el País Vasco y la Comunidad de Madrid han anunciado que presentará recurso en la misma dirección.
El rechazo de Andalucía a esta controvertida ley, la 12/2023 de 24 de mayo, atascada durante toda la legislatura y sólo hecha realidad al final de la misma, en vísperas del proceso electoral de las autonómicas y municipales del 28 de mayo, viene desde el mismo momento en que se anunciaron sus pormenores. Fueron Bildu y ERC, socios preferentes del Gobierno de Pedro Sánchez, quienes se encargaron de comunicarlos a la opinión pública.
No es sólo la administración regional. La norma ha generado un tremendo recelo en todos los actores relacionados con el mercado de vivienda. Entienden que se trata de un mero anuncio electoralista cuyos efectos serán más perniciosos que ventajosos para el objetivo que dice cumplir: garantizar el acceso a la vivienda para todas aquellas personas que actualmente encuentran más que notables dificultades a la hora de encontrar un sitio en el que vivir, ya sea en propiedad o de alquiler.
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Para gobiernos como el andaluz, pero también el madrileño o el vasco (importante porque el PNV, en el poder en Euskadi, ha sido otro de los socios habituales de Sánchez) entienden que la ley constituye una intromisión en sus competencias en esta materia. De ahí llevarla ante el TC, principal órgano de garantías del país.
Por eso a principios de este mes de julio la Junta inició los trámites para la presentación de este recurso. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda solicitó el informe preceptivo no vinculante del Consejo Consultivo de Andalucía. Y éste se pronunció el pasado martes, aunque el viernes de la semana pasada ABC ya tuvo acceso a su dictamen.
Esta resolución viene a dar casi punto por punto la razón a la Junta en sus recelos, por lo que Andalucía elevará un recurso de inconstitucionalidad para 16 artículos y cuatro disposiciones de esta normativa.
El Consejo de Gobierno presidido este jueves por Juanma Moreno ha propuesto, en concreto, la impugnación ante el TC de toda la regulación recogida en la norma en torno al concepto de vivienda protegida, vivienda asequible incentivada, gran tenedor y parque público.
La administración regional entiende que se ha sobrepasado los límites desde el artículo 3, donde se recogen las definiciones de estos conceptos, como su posterior desarrollo en los artículos 9 (apartado e), 16, 27, 28, 29, 32, 33, 34, 35 y 36, así como en la Disposición Transitoria Primera.
La regulación de la Ley Estatal de Vivienda en estos artículos, argumenta la Junta de Andalucía, es tan completa y acabada que «no deja resquicio alguno para la regulación al legislador autonómico, que es el competente en la materia«. Como ejemplo, en relación con la vivienda protegida, »recoge asuntos ya regulados por la administración autonómica como la duración de la calificación o los requisitos para ser adjudicatario«, se afirma.
También se recurren los artículos 8 (apartados a y c) y 11.1 (apartado e) de la ley, dado que hacen una regulación de los derechos y deberes de los propietarios de viviendas y su estatuto jurídico, que a la luz de la jurisprudencia compete a la comunidad autónoma, que le corresponde velar por los intereses tutelados por dicha legislación y establecer las limitaciones inherentes a la propiedad.
Zonas tensionadas
En cuanto a la regulación para declarar las zonas tensionadas (artículo 18, apartados 2, 3 y 4) o de los grandes tenedores (artículo 19, apartado 1 inciso segundo y 3), también se establece que suponen una «invasión directa de las competencias exclusivas autonómicas en materia de vivienda y del derecho de propiedad».
Dentro de este apartado, el Gobierno andaluz también impugna la Disposición Adicional Tercera, que revisa los criterios para identificar las zonas de mercado residencial tensionado; y Disposición Final Primera en su apartado 1.3, 3 y 6.
El recurso incluye la impugnación de artículo 15.1 (apartado e) y la Disposición Final Cuarta de la norma estatal, relativos a cuestiones como el porcentaje de reserva para vivienda sujeta a algún régimen de protección pública de alquiler y de reserva en zonas de mercado residencial tensionado para la construcción y gestión de viviendas sociales o dotacionales.
Estos apartados, se aduce, vulneran el articulo 56.3 y 5 del Estatuto de Autonomía de Andalucía relativos a la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
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