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Sánchez necesita un nuevo decreto y volver a pasar por el Congreso

El presidente del Gobierno debería rehacer la norma actual y obtener otra vez el aval de la Cámara Baja si opta por nuevos confinamientos domiciliarios

Sánchez huyó del debate para prorrogar la alarma seis meses sin oír a la oposición Jaime García
Nati Villanueva

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El avance de la pandemia y la difícil situación que está atravesando España ha llevado ya a varias comunidades autónomas a pedir al Gobierno que ordene el confinamiento domiciliario en sus respectivos territorios. Sin embargo, y a diferencia del mes de marzo, el actual decreto de alarma convalidado por el Congreso el 29 de octubre no prevé una medida tan restrictiva de derechos fundamentales como esa, lo que desde el punto de vista jurídico plantea dudas importantes.

¿Se puede decretar un confinamiento domiciliario en un estado de alarma?

Aunque el decreto de alarma del pasado 14 de marzo fue el segundo en democracia, se trató de la primera vez que se contemplaba esta medida sobre la que el Tribunal Constitucional todavía no se ha pronunciado en respuesta a los recursos de inconstitucionalidad interpuestos. Sí lo ha hecho sobre el estado de alarma con motivo de la crisis de los controladores aéreos, pero era una situación totalmente diferente a la de esta pandemia y nunca se abordó ese confinamiento domiciliario. El estado de alarma permite la adopción de medidas de forma gradual e incluso la posibilidad de limitar derechos, pero en ningún caso su supresión, pues hacerlo supondría un estado de excepción encubierto , una cuestión que está sobre la mesa del TC.

¿Hay margen para un confinamiento domiciliario con este decreto de alarma?

El decreto de alarma convalidado por el Congreso no prevé semejante restricción, sino que afecta a la libertad de circulación en un tramo horario concreto ( toque de queda ), al derecho de reunión cuando se dan unas condiciones determinadas (poner en peligro la salud de los demás) y a los aforos en la libertad de culto. La normativa que se delega en los presidentes autonómicos no puede salirse de este marco ya establecido, que es el que ha aprobado la Cámara Baja. Cualquier intento de utilizar este decreto para fines distintos a los que en él se contemplan sería un «fraude» e inconstitucional, algo en lo que coinciden los constitucionalistas consultados por este periódico.

¿Qué tendría que hacer el Gobierno entonces?

Si considera necesario un nuevo confinamiento, el Consejo de Ministros tendría que dictar un nuevo decreto y someterlo de nuevo a la aprobación del Congreso . Esto es lo que se hizo durante el anterior estado de alarma, donde el decreto del 14 de marzo quedó superado por otro que lo reformaba tres días después. Los demás cambios que implicó aquel texto inicial fueron todos recogidos en textos diferentes y sometidos uno por uno al control y aval parlamentario. Lo que no puede pretender el Gobierno, señalan los expertos, es que un eventual confinamiento quede amparado por los seis meses de prórroga que el Congreso de los Diputados ha dado a un texto cuyas medidas nada tienen que ver con la que aquí se plantearían. «Es como si un fontanero viene a ver una tubería y acaba arreglando la estructura de la casa», expone de forma muy gráfica uno de los juristas. Tampoco pueden convivir dos estados de alarma a la vez: el del toque de queda y el del confinamiento. El primero tendría que decaer y habría que someter el segundo a la autorización del Congreso a los quince días y, en su caso, a sucesivas prórrogas.

¿Y pueden los presidentes autonómicos decretar sus propios confinamientos?

Los expertos concluyen que no, que se trata de una restricción de derechos tan grande que sólo quedaría justificada bajo el marco de un estado de alarma y un mando único , no diecisiete. Si ya el propio confinamiento generaba dudas en el marco de un estado de alarma por la afectación de derechos fundamentales, cuánto más delegar semejante limitación en un presidente autonómico. A ello se suma que el artículo 7 de la ley del estado de alarma sólo prevé la delegación cuando la situación afecta al ámbito de una sola comunidad autónoma, lo que en este caso se ha desbordado con creces y convertido en un problema nacional.

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